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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #320246  por jesi10
 
Hola:
El caso es el siguiente:
Mi cliente convivió con el causante durante 40 años ininterrumpidos. Este fallece hace una semana dejando algunas propiedades, entre ellas la casa en la cual habitaba con la Sra. (mi cliente). Todas las propiedades están a nombre del fallecido. Este no posee ningún familiar, ni ascendiente, ni descendiente, ni siquiera tiene familiares colaterales.
Mi pregunta es si a la concubina le corresponde algo de los bienes del difunto o si todos pasan a propiedad del fisco? Que se puede hacer, dado que la Sra. No posé ningún bien a su nombre y solo cuanta con una escasa jubilación?
Hay alguna ley o norma que regule esta cuestión?

A mi entender no tiene derechos sucesorios. Solo le correspondería cobrar, en caso que hubiera, la pensión del causante. Pero no estoy del todo segura, por lo cual agradezco cualquier sugerencia al respecto

Muchas gracias. .
 #320256  por inecita
 
No lamentablemente el concubinato es una situación de hecho que no engendra derechos salvos los de pensión como vos misma decias , y el de habitación es decir que ella tendría el derecho de habitación vitalicio sobre el inmueble sonde convicieron
 #320266  por jesi10
 
Muchas Gracias por tu ayuda.
Si era lo que me imaginaba, pero quería asegurarme antes de comunicarselo.
Gracias!
 #320300  por viko
 
al que denuncia una sucesion vacante al fisco, le corresponde parte de los bienes. Al menos asi es aqui en tucuman. La denuncias a fiscalia de estado, y te corresponde un porcentaje por la "gauchada" . tenlo en cuenta. saludos
 #320688  por jesi10
 
Gracias!!! Ese es un dato que no tenía, voy a averiguar como es en provincia de Bs As.
Saludos!!
 #320707  por ELISEA_SEP
 
hola yesi!!
yo te doy una alternativa de respuesta haber que pensas:
-si llevaron 40 de convivencia durante ese tiempo tiene que haber sido en el que se obtuvo la propiedad de los bienes.-
-ahora el regimen del concubinato se rige por la disolucion de la sociedad de hecho, o sea cada uno es dueño de lo que aporto, no se yo en tu lugar trataria de buscar o de justificar medios de ingreso de la mujer como colaboradora del marido para la obtencion de las propiedades, es lo que yo al menos intentaria.-
-con relacion a denunciar herencia vacante a favor del fisco, averigua los porcentajes y contanos, nunca esta de mas saberlo.-
Espero que te sirva la idea, saludos cordiales
 #321995  por fabidoc
 
Si nadie reclama, tampoco nadie sabe. La señora es jóven? yo le diría que siga pagando los impuestos, que actúe como dueña y el día de mañana intente la usucapion de los bienes. Hay tanta gente usurpadora. Por lo menos ella basa sus derechos en una relación.
 #323311  por jesi10
 
Muchas gracias a todos por las opiniones, creo que voy a optar por hacerlo pasar por una sociedad de hecho.
Con respecto a la usucapión, la señora es mayor, no se si me conviene.
Gracias,
Jesica
 #323410  por Catita_1
 
El tema de herencia vacante, esta bueno, ella se quedaria con el % 10, de cada bien. Y ver lo de sociedad de hecho, si nadie reclama, que se quede viviendo donde esta, y que alquile los otros bienes.