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  • CONDENA POR HONORARIOS – SENTENCIA – LIQUIDACION

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #316251  por Leo99
 
Estimados Colegas:

Tengo una consulta para hacerles. Hace poco que estoy trabajando en el departamento Judicial de Mar del Plata Pcia. de Bs As y entre otras cosas hago procuración a unos peritos contables.

El asunto es que estuve viendo un par de sentencias dictadas en los Tribunales del Trabajo y me surgió una duda. En ambas se hace lugar parcialmente a la demanda y se condena a la demandada a pagar la indemnización por la que se hizo lugar. Luego en una parte de la sentencia se regulan los honorarios de los letrados y del perito (431$) aclarando que la base del calculo es el importe por el cual se hizo lugar a la demanda. Condenando a la demandada a abonar dichos honorarios.

Luego mas adelante en otro punto continua la sentencia diciendo que por los rubros tal y tal, etc. no se hizo lugar a la demanda. Pero también aquí se regulan honorarios de los letrados intervinientes y del perito (243$). Condenando a la Actora (trabajador) a abonar los mismos. Tomando como base el reclamo excedente por el que no prosperó el reclamo.

Luego se ordena practicar liquidación y el tribunal lo hace de oficio y se notifica a las partes y profesionales intervinientes por cédula. Pero dicha liquidación solamente incluye el monto indemnizatorio por el que prosperó el reclamo y los honorarios a abonar por la demandada (empleador) calculados sobre dicho monto.

Aquí mi pregunta: Para que se regulan honorarios en la sentencia sobre el monto por el que no prospera la demanda si ni siquiera se practica liquidación sobre ellos y no se notifica por cédula? Se pueden reclamar dichos honorarios calculados sobre este monto que no prosperó?, en este caso concreto el honorario del perito o sea los 243$ restantes?.

Si alguien fuera tan amable de aclararme estas dudas? Muchas gracias.
 #316258  por DoctorPiccafeces
 
Notificale a la parte demandada los honorarios -el perito en provincia puede cobrarle el 100% de sus honorarios a cualquiera de las partes y en el procedimiento laboral el trabajador tiene beneficio de gratuidad, asi que tendrías que ir contra el demandado perdidoso por lo que prospera y también podes ir por lo que no también- y que las deposite, o las ejecutás.
 #322426  por giulianiyanina
 
Tengo una duda existencial parecida. Les planteo el caso.
Es un daños y perjuicios por derechos de autor, un expte engorrozo. Soy letrada patrocinante de un codemandado. Por suerte logré que no los condenaran a mis clientes, pero en la sentencia ganó la actora parcialmente, ya q no prosperó la demanda en mi contra, con costas. me regularon, la sentencia está firme, pero el actor tiene beneficio de litigar sin gastos. En la sentencia dice costas a la demandada vencida. La pregunta es .....quien se hace cargo de mis honorarios???????????
dejo la inquietud,
espero respuesta