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 #32033  por Pandilla
 
Holis, una cuestión muy interesante: http://www.pagina12.com.ar/diario/socie ... 06-26.html

Me pregunto: ¿cuál es el significado de las palabras "MAIL" e "EMAIL"?. Me pregunto: ¿existen los artículos 19 y 33 de La Constitución Nacional de la República Argentina?.
Me pregunto: este Tema, ¿no tiene cierto parecido con la Historia de la Acción de Amparo?.
Me pregunto: en las Convenciones, Pactos y Tratados sobre Derechos Humanos, ¿existe algún artículo que refiera al Tema de Fondo?.
Me pregunto: en ocasiones, lo atípico ¿no es algo "Tipico"?

Saludos, :roll:
 #32280  por Pachu
 
EL CASO DE UN ABOGADO QUE FUE "HACKEADO"

Polémico fallo sobre la privacidad de los e-mail

Para una jueza porteña, entrometerse en el correo electrónico no configura delito.

Entrometerse en una casilla de correo electrónico de otro y utilizar la información en un juicio civil configura una "conducta atípica", pero no un delito. A esta conclusión llegó la jueza en lo correccional porteña Ana Elena Díaz Cano, que rechazó la presentación de un abogado que denunció que le habían "hackeado" su cuenta de e-mail.

El abogado Esteban Gálvez denunció ante la Justicia que entre mayo y diciembre del año pasado su cuenta de e-mail había sido "hackeada" y la información que tenía en algunos de sus correos fue utilizada en un juicio civil por una cuestión familiar en su contra. El denunciante invocó los artículos 153 del Código Penal (violación de correspondencia) o 157 (violación de secretos). Pero la jueza, citando bibliografía incluso que sostiene lo contrario, entendió que hay un vacío legal.

"Por más que existan en tratamiento diversos proyectos de ley que se refieren a lo que en doctrina se denominan 'delitos informáticos' lo cierto es que aún no existe tal previsión legal", dijo.

En este caso, la jueza reconoció que "se ve seriamente comprometida la intimidad del agraviado", pero "al no tratarse de un banco de datos personales (...) ni tampoco se conoce que los vulnerados hayan sido de aquellos datos que se consideran 'sensibles', como sería el caso de los que revelen origen racial, étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical, información referente a la salud, enfermedades terminales o bien, a la vida sexual de las personas (...) la cuestión no permite encuadre legal en el marco penal".

Esta es una postura polémica, ya que hay abogados que sostienen que una casilla de correo sí puede ser considerada un banco de datos (Ver "Hay que verlo...").

Díaz Cano exhortó al Poder Legislativo para que subsane el vacío legal. "El meollo de la cuestión finca en que el legislador, aún cuando conocedor de la exis tencia de la problemática de la informática y de los perjuicios que conductas como la investigada podría ocasionar, optó por proteger de otro modo el bien jurídico puesto en crisis". Y agregó: "Lo cierto es que hoy no existe algún imperativo legal que permita a él incluirlas, lo que equivale a una falta de tipicidad, por ausencia de alguno de los elementos normativos que reclaman las figuras penales analizadas".

Anoche, fuentes del Ministerio de Justicia dijeron a Clarín: "El Ministerio de Justicia junto con el Ministerio Público Fiscal, y la Cancillería están trabajando en distintas propuestas para la elaboración de un proyecto de ley de Delitos Informáticos".

http://www.clarin.com/diario/2007/06/26 ... -03401.htm

 #32286  por Pachu
 
Una jueza dice que violar el e-mail no es delito
Un abogado había reclamado porque habían hackeado su cuenta de correo; la magistrada dijo que se trata de una "conducta atípica", que no puede ser sancionada porque no está tipificada en el Código Penal
Lunes 25 de junio de 2007 | 10:40 (hace 2 días)

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(DyN).— Invadir una cuenta de e-mail ajena y utilizar la información en un juicio civil configura una "conducta atípica", en consecuencia, no constituye delito.

Así lo determinó una jueza en lo correccional, que rechazó la presentación de un abogado que denunció, precisamente, que le habían hackeado su cuenta de correo electrónico.

El abogado Esteban Gálvez denunció ante la jueza Ana Elena Díaz Cano que entre mayo y diciembre de 2006 su cuenta de e-mail galvez_PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar había sido hackeada, y la información allí contenida fue utilizada en un juicio civil por una cuestión familiar en su contra.

El denunciante invocó los artículos 153 del Código Penal (violación de correspondencia) o 157 (violación de secretos).

Pero la jueza, tras un largo análisis de la cuestión y citando profusa bibliografía —incluso en sentido contrario— entendió que la legislación actual no prevé episodios de esta naturaleza, por lo que consideró que se trata de una "conducta atípica" y, en consecuencia, no punible.

"Por más que existan en tratamiento diversos proyectos de ley que se refieren a lo que en doctrina se denominan »delitos informáticos». Lo cierto es que aún no existe tal previsión legal", sostuvo la jueza.

En el caso en cuestión, la magistrada reconoció: "Se ve seriamente comprometida la intimidad del agraviado, pero al no tratarse de un banco de datos personales ni tampoco se conoce que los vulnerados hayan sido de aquellos datos que se consideran "sensibles", como sería el caso de los que revelen origen racial, étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical, información referente a la salud, enfermedades terminales o bien, a la vida sexual de las personas, la cuestión no permite encuadre legal en el marco pena".

La magistrada formuló una exhortación indirecta al Poder Legislativo para que subsane el vacío legal que advirtió en relación con los delitos informáticos.

"El meollo de la cuestión finca en que el legislador, aun cuando conocedor de la existencia de la problemática de la informática y de los perjuicios que conductas como la investigada podría ocasionar, optó por proteger de otro modo el bien jurídico puesto en crisis, soslayando ampliar el tipo penal correspondiente a la violación de secretos.

"Lo cierto es que hoy no existe algún imperativo legal que permita a él incluirlas, lo que equivale a una falta de tipicidad, por ausencia de alguno de los elementos normativos que reclaman las figuras penales analizadas", conlcuyó.

Para la jueza Díaz Cano es necesaria una reforma del Código Penal para cubrir estos vacíos legales.

En ese sentido, evaluó como positiva la posibilidad de contar con una legislación especifica sobre los llamados delitos informáticos y de esa manera evitar el riesgo de la aplicación analógica del derecho penal, que siempre se halla latente frente a los avances de la ciencia.


http://www.lanacion.com.ar/informaciong ... 3&toi=5270

 #32287  por Pachu
 
ENTRAR EN CUENTAS AJENAS NO ES DELITO, DIJO UNA JUEZA
Sin pena por hackear e-mails
La demanda fue iniciada por un abogado al que le hackearon el correo y usaron la información para un juicio civil. Una jueza argumentó que existe un vacío legal para sancionar esa conducta.

El abogado Esteban Gálvez descubrió que usaron información de su correo en su contra.


Ingresar a una cuenta de e-mail ajena y utilizar información contenida en ella no es un delito para la Justicia argentina. Así lo estableció la jueza porteña Ana Díaz Cano. Aunque reconoció que “ve comprometida la privacidad del agraviado”, sostuvo que el vacío legal que existe en el campo de los delitos informáticos le impidió actuar de otra manera. La demanda fue presentada por un abogado, víctima de un hacker. Los datos robados por el “ladrón” virtual fueron utilizados en su contra en una disputa judicial iniciada en torno de una sucesión familiar. En la Cámara de Senadores espera para su tratamiento un proyecto de ley que busca proteger la privacidad del correo electrónico, equiparándolo a la correspondencia epistolar, figura contemplada en el Código Penal.

El damnificado es Esteban Gálvez. El denunció ante Díaz Cano, del Juzgado en lo Correccional Nº 9, que entre mayo y diciembre de 2006 su cuenta de e-mail había sido hackeada en varias oportunidades. “Al principio pensé que era un problema técnico, del servidor. El sistema me solicitaba que cambiara la clave del acceso”, contó. Grande fue su sorpresa cuando encontró información almacenada en su correo dentro de un documento judicial. Los datos fueron añadidos en un juicio civil entre él y sus hermanos por una herencia.

Para fundamentar su postura, el letrado invocó los artículos 153 y 157 del Código Penal que sancionan la violación de la correspondencia, en el primer caso, y protege los secretos personales, en el segundo. La jueza, tras un amplio análisis de la cuestión que incluye citas bibliográficas a favor y en contra de su postura final, reconoce en su fallo que por el hecho “se ve seriamente comprometida la intimidad del agraviado”, pero consideró que la legislación actual no prevé situaciones de esta naturaleza, lo que convierte el caso en un conducta “atípica” y, en consecuencia, no punible.

“Por más que existan en tratamiento diversos proyectos de ley que se refieren a lo que en doctrina se denominan ‘delitos informáticos’..., lo cierto es que aún no existe tal previsión legal”, sostuvo en su escrito.

En la Cámara de Senadores espera para su tratamiento un proyecto de ley, con media sanción de Diputados, que adecua diversos artículos del Código Penal a los avances de las nuevas tecnologías. En este caso, la iniciativa prevé equiparar la violación de la correspondencia epistolar a ingresar sin autorización a una cuenta de correo electrónico.

“El artículo 153 sanciona la violación de la correspondencia epistolar o todo tipo de comunicación, que incluye cartas, pliego, despacho telegráfico o telefónico, pero no se comprende el correo electrónico”, explicó el diputado nacional Osvaldo Nemirovsci, autor de uno de los proyectos en estudio. Si se aprueba la iniciativa, violar una carta o un correo electrónico tendría la misma pena: de quince días a seis meses de prisión. Si la información robaba es publicada, la pena se amplía a dos años.

“Aunque no me favorece en lo personal, se trata de un fallo interesante e importante porque recoge la jurisprudencia en el tema”, evaluó Gálvez. “De todas formas, hubiera esperado que la jueza avanzara más en este punto que perjudica la privacidad de los usuarios, que fuera una suerte de paladín”, agregó.

El vacío legal no es el único elemento que utiliza la magistrada en su fundamentación. Además, señala en su fallo que “al no tratarse de un banco de datos personales ni conocerse que los vulnerados hayan sido aquellos datos que se consideran sensibles, como sería el caso de los que revelen origen racial, étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, enfermedades terminales o la vida sexual, la cuestión no permite encuadre legal en el marco penal”, concluyó.

La magistrada llamó al Poder Legislativo a subsanar el vacío legal con respecto a los delitos informáticos. “El meollo de la cuestión radica en que el legislador, aun cuando conocedor de la existencia de la problemática de la informática y de los perjuicios que conductas como la investigada podría ocasionar, optó por proteger de otro modo el bien jurídico puesto en crisis, soslayando ampliar el tipo penal correspondiente a la violación de secretos”.

http://www.pagina12.com.ar/diario/socie ... 06-26.html
 #32290  por Pachu
 
Hackear un mail no es delito, dice un fallo

Ingresar a una cuenta de e-mail ajena y utilizar la información allí incluida en un juicio civil configura una “conducta atípica” y, en consecuencia, no constituye delito. Así lo determinó una jueza en lo correccional porteño, que rechazó la presentación de un abogado que denunció, precisamente, que le habían hackeado su cuenta de correo electrónico.

El abogado Esteban Gálvez denunció ante la jueza Ana Elena Díaz Cano que entre mayo y diciembre de 2006 su cuenta de e-mail galvez—PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar había sido hackeada, y la información allí contenida fue utilizada en un juicio civil por una cuestión familiar en su contra. El denunciante invocó los artículos 153 del Código Penal (violación de correspondencia) y 157 (violación de secretos).

Pero la jueza, tras un largo análisis de la cuestión y citando profusa bibliografía -incluso en sentido contrario- entendió que la legislación actual no prevé episodios de esta naturaleza, por lo que consideró que se trata de una “conducta atípica” y, en consecuencia, no punible.

“Por más que existan en tratamiento diversos proyectos de ley que se refieren a lo que en doctrina se denominan «delitos informáticos»... lo cierto es que aún no existe tal previsión legal”, sostuvo la jueza. (DyN)


http://www.lacapital.com.ar/2007/06/26/ ... 9297.shtml

 #32295  por Pachu
 
Los 40 errores



Un hacker le mostró a Google 4 decenas de vulnerabilidades de YouTube. En agradecimiento, le regalaron una bicicleta. Che, pongan algún billete para un presente como la gente.




Un experto en seguridad devenido en hacker encontró más de 40 vulnerabilidades en el sitio de videos YouTube y amenazó a Google para que las corrigiera de inmediato o, de lo contrario, las divulgaría.
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El buscador, agradecido, le regaló una bicicleta. Christian Matthies halló serios problemas de seguridad en el famoso sitio que, según dijo, comprometían la seguridad de millones de usuarios.

El portal de tecnología, Noticias Dot, informó que como Mattihies contactó a Google para que las resolviera y no obtuvo respuesta, optó por darles un ultimátum.

La publicación The Register indica que Google respondió sólo cuando el hacker publicó su advertencia en sla.ckers.org.

Así fue que finalmente Google corrigió los problemas, agradeció su ayuda al experto y hasta le regaló una bicicleta playera.

Según trascendió, la mayoría de los errores se basan en la posibilidad de ejecutar código maligno mediante las diversas funciones que tiene YouTube.

Fuente: Perfil