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 #323150  por ec
 
Hola buenos dias, tengo que hace nuevo años fue imputado de hurto calificado, no hubo juicio , como hago ahora para pedir el sobreseimiento es en cba., que tengo que solicitar.Gracias el que puedda responderme.
 #323151  por ec
 
perdon , se trata de una persona que fue imputada hace nueve años de hurto calif. y no hubo juicio, el antecedente le sigue figurando en la planila prontuarial, que tengo que hacer para pedir el sobreseimiento. Gracias.
Estos antecedente le son computables??
 #323173  por feragus
 
Si lo llamaron a declaración indagatoria (el auto por el que el juez lo cita, no el acto en sí) y desde esa fecha pasaron 8 años (igual tendrías que decir por cuál agravante el hurto es calificado), la causa estaría prescripta. Prescripción es uno de los modos de extinción de la acción penal y extinción de la acción penal es uno de los motivos por los que se puede dictar un sobreseimiento. En cuanto a los antecedentes, no entiendo a que te referís con computables. Si la causa se cierra con sobreseimiento -por el motivo que fuera- no le queda ningún antecedentes.
Saludos.-
 #323231  por PenalistaCBA
 
ec escribió:perdon , se trata de una persona que fue imputada hace nueve años de hurto calif. y no hubo juicio, el antecedente le sigue figurando en la planila prontuarial, que tengo que hacer para pedir el sobreseimiento. Gracias.
Estos antecedente le son computables??
Doc., la practica forense indica que deberás presentarte ante la autoridad judicial que estubo entendiendo en la causa; la misma figura en el certificado de antecedentes penales, por lo general son la Fiscalía de Instrucción...puede ser que por el tiempo transcurrido, figure que es un Juzgado de Instrucción, si es así, recuerde que los mismo fueron disuelto en CBA, por lo que deberá concurrir a archivo en Tribunales II a fin de que le informen que Fiscalía de Instrucción ha heredado la causa... y si no existe ficalía...la mesa gral de entrada penal.. deberá sortearle una a fin de que entienda en ella...

Una ves que tenga fiscalía de instrucción asignada... hace un escrito simple solicitando a favor de su cliente la extinción de la acción penal por prescripción...Con eso la fiscalía deberá comprobar la existencia de dos extremos A)- el transcurso del tiempo B)- que no se haya interrumpido la prescripción por la acción de un nuevo delito.
Dependiendo del criterio que utilice la fiscalía, puede que llamamen, o no, a indagatoria, pues algunas fiscalías por razón de economía procesal, una ves comprobados los extremos legales exigidos...sin más dicta la resolución decretando la extinción de la acción penal por prescripción...luego dicha resolución pasa al Juzgado de Control, el cual vuelve a berificar los extremos legales requeridos por el instituto... y si no existe inconveniente alguno, saca una resolución que dispone la extinción de la acción penal... luego deben informar a antecedentes penales que se ha extinguido la acción penal a fin de que se excuya dicha causa del prontuario y no se inrome más...

bueeeee..... :oops: ... todo esto que lo he resumido maratónicamente.... lleva un buen tiempo y muchaaaaa pashienshiaaaaa!!!!... :lol:
asi que colega....prepare a su cliente para que no este plomeando todo los días con el clásico llamado donde le pregunte " yyyy dotorrr...cuando vaa a taay todo mi papeleee???"""... :lol:
 #323234  por PenalistaCBA
 
ec escribió:perdon , se trata de una persona que fue imputada hace nueve años de hurto calif. y no hubo juicio, el antecedente le sigue figurando en la planila prontuarial, que tengo que hacer para pedir el sobreseimiento. Gracias.
Estos antecedente le son computables??
Una aclaración colega...recuerde siempre que los únicos antecedentes computables SON LAS CONDENAS...pues si bien los otros antecedentes...lo son en carácter de procesados...y que vulgarmente se lo conoce como procesos pendientes...no debe -o mejor dicho no debería influir ante un nuevo proceso-; pero aca viene la suspicasia de los efectos de los mismos, y es que la mayoría de los CPP receptan "el sometimiento a proceso anterior", como indicio de peligrosidad procesal...lo que a mí punto de vista constituye UN VERDADERO ATROPELLO AL ESTADO CONSTITUCIONAL DE INOCENCIA... y un total disparate procesal!!!...pero buee...esos son los genios legislativos que tenemos.... :cry:
 #323249  por ec
 
Gracias feragus .
El penalista muchas gracias, mis respetos Doc, usted sabe un montonaso, si tengo la fiscalia de instruccion que es una del interior, alli concurrire y pedire el sobreseimiento como usted me lo recomendo , muchas gracias Doc.
 #323267  por PenalistaCBA
 
ec escribió:Gracias feragus .
El penalista muchas gracias, mis respetos Doc, usted sabe un montonaso, si tengo la fiscalia de instruccion que es una del interior, alli concurrire y pedire el sobreseimiento como usted me lo recomendo , muchas gracias Doc.
Estimado colega.... gracias por sus palabras...pero honestamente estoy muy lejos de ese "montonaso de conocimiento que Ud. dice que yo tengo"... Le comento que la formula en esto es más que sencilla...pero de tan sencilla que es...por los tiempos personales de cada uno se vuelven complicados...(ya que lo urgente constantemente nos apremia... y cuando tenemos algún tiempo libre ...seguro que nuestra pareja estará reclamando -legítima y fundadamente- que le dediquemos más tiempo... y ni hablar cuando hay niÑos...le comento un infidencia...voy a ser papá!!... y la verdad que no recuerdo cuando fue que cometí el hecho delictivooo...ejjejee... :lol:...pero como dicen...mía la vaca...mío el terneroo!!!...jejeje.. :lol: )

La formula -simple- para esto es: La lectura constante de textos jurídicos, leyes, y fallos...(c0n mate de compania por supuesto)... y por sobre todo...atreverse a ser disidente cuando algo no lo convenza... no olvide que existe el pragmatismo jurídico...asi que sea buen estratega...8)...Y con la fiscalía del interior...jejej...más pashienshia aún colega.... :lol:

Doc...si me permite...ahora esfuércese por manejar las bases tanto del proceso como del dcho penal...pues como diría el filósofo y maestro Mostaza Merlo...paso a paso...luego baya escalando de a poco...pues cuando empiece a hacerlo...sabrá lo mucho que le falta para llegar...pero también se dará cuenta de cuanto a subido desde el primer peldaño.... 8)

Cualquier duda...grite fuerte pa oirloooo....jejejee.... :lol:
 #323274  por ec
 
:lol: :lol: :lol: :lol: Gracias El Penalista le digo por el lexico tecnico que usted tiene, quizas usted sea una persona humilde y por eso no quiere reconocerlo pero tiene mucha tecnica juridica y mucha versación juridica, mis respectos doc.
Si la unica forma es leer leer , leer, leer, leer, no hay otra.
 #323279  por ec
 
felicitaciones Penalista Cba porque va a ser papa. :lol: :lol: