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  • duda con telegrama

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #323696  por GABRILITAIURIS
 
Hola como estan?tengo un tema laboral,sencillo pero no se como empezar.Se trata de un sr. el cual laboro desde 01/2008 a 01/2009 que fue despedido mediate telegrama el cual dice " Comunicamos a ud. que a partir del dia de la fecha prescindimos de sus servicios.Certificacion y haberes a su disposicion" Esto es sin justa causa? que puedo hacer?
Mañana el viene a buscar un telegrama que le tenbgo que hacer ,ya que fue a cobrar el desempleo y en sabana de aportes le figuran los meses de octubre noviembre y diciembre de 2008 y el tiene recibos de sueldo desde 01/2008 hasta 01/2009,hay tiempo o no para mandar el telegrama,ya que no puede cobrar el desempleo...
bueno,esto lo iba a consultar en un curso de laboral,pero opte por otro y ahora me estan cayendo laborales y quiero empezar a hacerlos ,espero la ayuda de todos y muchismas gracias por la atencion,saludos!
 #323701  por GABRILITAIURIS
 
El telegrama lo voy a redactar asi,estara bien o le falta algo?
"Intimo plazo de 48 hs de recibida la presente proceda a regularizar la situación de empleo no registrada por los periodos comprendidos de 01/2008 a 01/2009 por imposibilidad de acceder a la prestación por desempleo correspondientes, bajo apercibimiento de ley"
Gracias!
 #323734  por MAE
 
Hola, si ya fue despedido ya no podes intimar en el marco de la 24013 o sea regularizacion de la relacion laboral, te queda demandar por la 25323, por el art. 1 ahi podes intimar por la defectuosa registracion y por el 2 por no abonar la liquidacion por despido y obligarlo a iniciar juicio. Para el fondo de desempleo, por lo menos en mi provincia se necesita la copia de la demanda y los telegramas, averigua como es en tu provincia.
 #323811  por Catita_1
 
Conforme a la C.D. ............, recibida con fecha ... de ..... de 200., mediante la cual se me ha notificado el despido sin causa justificada, intimo fije dia, hora y lugar de pago de liquidacion final por tal cese, procediendo a abonar, indemnización por antigüedad, sustitutiva de preaviso, integración del mes de despido, vacaciones proporcionales no gozadas y SAC de dichos rubros, todo bajo apercibimiento de iniciar acciones legales administrativas y judiciales para perseguir su cobro y reclamar, además el incremento indemnizatorio previsto en el art. 2 de la Ley 25.323.
Asimismo intimo plazo 30 días para que entregue la documentación laboral prevista en el art. 80 LCT. (Certificado de servicios, constancias documentadas de aportes al sistema previsional, sindical y obra social), bajo apercibimiento de reclamar la multa prevista en la misma norma legal.
Quedando intimado para que en plazo de dos días posteriores al mismo efectivice el requerimiento apercibimiento art. citado.
Espero te sirva, de todas maneras espera respuestas de otros colegas.
Faltaria agregar los datos reales de ingreso, remuneracion.