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  • Sucesión - Duda

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 #323994  por chenzof
 
¡Hola a todos!
Me pasó lo siguiente en una sucesión (en Prov. de Bs. As.) y no se que me piden. Pedí la inscripción de un inmueble a nombre de los herederos y el Juez me lo autoriza pero, luego de (proceder ala inscripción e) intimarme a hacer los aportes correspondiente, me pone:
(...) Autorízase -para el caso de ser necesario- al letrado interviniente a suscribir las respectivas minutas de inscripción (...).
Previamente agréguese la declaración jurada patrimonial.

Y esa es la parte que no entiendo. ¿A qué se refiere con la "declaración jurda patromonial? A que denuncie bajo que régimen me encuentro en la AFIP (es decir, monotributista), mediante la constancia de Inscripción que emite la AFIP? ¿O es algo de los herederos?

Muchisimas gracias. ¡¡¡Saludos!!!
 #324071  por GALA
 
Hola, "Previamente agréguese la declaración jurada patrimonial", significa q debes presentar un escrito q es un formulario q podes pedir en el colegio de abogados para declarar los bienes. (se llama "Determina bs. hereditarios con caracter de declaracion jurada para el pago de la tasa de justicia"). Esa decl. te va a dar el monto a abonar en concepto de tasa de justicia. Presentas en el expte esa decl. y la tasa de justicia, si no lo hiciste todavia.- Para q te ordenen la inscripcion, debes presentar esa declaracion, la tasa y sobretasa y haber presentado un escrito donde des cuenta de q has recibido tus honorarios y los comprobantes de aportes.- Espro te sirva. Saludos!
 #324394  por chenzof
 
¡Espctacular!
¡Mil gracias por la ayuda!
Un saludo.