Estimados colegas.
Voy a demandar a un empleador con domicilio en provincia de bs. as. y a responsabilizar solidariamente a la ART.
Mi pregunta es si debe ir el trabajador al SECLO de capital a sacar turno, teniendo en cuenta que uno de los codemandados se domicilia en pcia.
Si no es asi, como tengo que hacer??
Muchas gracias
Voy a demandar a un empleador con domicilio en provincia de bs. as. y a responsabilizar solidariamente a la ART.
Mi pregunta es si debe ir el trabajador al SECLO de capital a sacar turno, teniendo en cuenta que uno de los codemandados se domicilia en pcia.
Si no es asi, como tengo que hacer??
Muchas gracias