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  • que hago? Demandado por alimentos

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #325198  por maria80
 
hola colegas, espero que me puedan ayudar, resulta que con mi cliente iniciamos demanda por régimen de visitas contra su esposa, ya que desde noviembre de 2008 no lo ve a su hijo, ya que ella lo llevó al menor del hogar conyugal. Hasta ahi todo bien, pero resulta que lo demando por alimentos, le estan descontando 25% por alimentos provisorios, no lo notificaron de la audiencia ya que todo esta paralizado, mi pregunta es: ¿ yo me tendria que apersonar con algún escrito al expediente pidiendo por ejemplo la disminución de la cuota o algo por el estilo? porque parece que respecto de la audiencia no sucederá nada. que hago???...

Aparte les comento que le inicio en otro juzgado y con otro abogado, el divorcio,pero nada le notificaron a mi cliente....
Gracias por cualquier aporte.
 #325206  por rodolfo603
 
1.- sin perjuicio de no conocer con precision el procedimiento de tu lugar de trabajo, considero que si te tendrías que presentar y pedir un "levantamiento de embargo" y/o una morigeración del mismo.- para ello tendrías que fundamentar porque queres eso.- ahi depende ya de la situacion real de tu cliente (por ejemplo, de que el viene aportando dinero en alguna forma comprobable, etc ).-
2.- En el regimen de visitas , como esta el tema?
 #325210  por maria80
 
muchas gracias por tu respuesta, soy de la provincia de Tucumán, y te cuento que el reg. de visitas está para salir el primer decreto recién, ya veré como se van dando las cosas. Pero lo que te queria preguntar es porque me dices que pida el levantamiento del embargo, seria viable si mi cliente por otro medio ya le está pasando dinero o lo pido porque hay que pedirlo, no entiendo bien cuales serian los requisitos para que se levante el mismo.
Muchas gracias y saludos
 #325263  por rodolfo603
 
mi propuesta por el levantamiento o morigeracion de embargo por alimentos se basa en que, hasta que te fijen la audiencia para contestar demanda, no podes hacer nada y tenes que bancarte esa medida hasta ese momento, pueden pasar dos o tres meses.- Obviamente, si tu cliente no se queja de esa situación, no hagas nada.- Pero si te pregunta que podes ir haciendo mientras tanto, hasta que llegue la audiencia, pedir el levantamiento o la morigeración es una posibilidad.- Lo que te dije respecto de "si le pasa alimentos de otra forma actualmente" etc. , son argumentos que podes usar paa fundamentar el pedido de levantamiento de embargo.-