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  • SUSPENSION POR FALTA DISCPLINARIA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #325952  por mariaana
 
A mi cte le notificaron una suspension por 2 días a partir de mañana por haberse ausentado de su lugar de trabajo por 10 minutos. El no la firmó por lo que no tengo copia de la misma. Ahora quiero impugnarla porque me parece desproporcionada, pero mi pregunta es si yo mando telegrama impugnando la falta recién va a llegar el sábado y él mañana ya está suspendido. Qué hace va a trabajar y si no lo dejan entrar hace acta con escribano?? O no va a trabajar y solo impugna la sanción y reclama que no se le descuente el salario por esos días? Es bastante difícil impugnar la sanción sin tener una copia de la misma. Sería conveniente que la firme en disconformidad por lo menos. Qué les parece?? Muchas gracias pro lo que puedan aportarme!!
 #326005  por Catita_1
 
En realidad si esta suspendido, no va a poder ingresar, que no se presente con escribano, vos lo que haces con el TCL, es que en el recibo esos dias no se descuenten. Creo que es asi, espera que responden colegas.
Un abrazo
 #326009  por SALINASPAU
 
Exacto. Lo que tiene que hacer es hacer su descargo. Y en todo caso rechazar lo desproporcionada de la sancion. Luego intimas que no sea descontando, y por ultimo, podes ir por sede judicial por "diferencias salariales"...
Suerte
 #326045  por angelqueguia
 
Ir a sede judicial por diferencias salariales de dos días?????
Eso si ameritará un despido con causa.
Decile a tu cliente que retire la notificación de la sanción así haces un pronto descargo. No importa que no firme en disconformidad, es lo mismo. Lo que no tiene que hacer es firmar "en conformidad" que ahí no hay vuelta.
De ahí mandás un telegrama impugnando la sanción por los motivos que creas sean válidos. A vces ausentarse 10 minutos puede ser grave, depende el trabajo. Si es cajera imaginate.
Si no tenés respuestas, no te despor despedida que ahí salís perdiendo.
Iniciar una acción judicial por eso por ahora no te aconsejo. Si se reitera entonces si.
SALINASPAU escribió:Exacto. Lo que tiene que hacer es hacer su descargo. Y en todo caso rechazar lo desproporcionada de la sancion. Luego intimas que no sea descontando, y por ultimo, podes ir por sede judicial por "diferencias salariales"...
Suerte
 #326063  por mariaana
 
Desde ya muchisimas gracias por tantas respuestas!!! Mi cliente trabaja de telefonista, creo que en ee momento estaba solo en el lugar de trabajo. Yo no considero que la sanción sea causal suficiente para considerarse despedido porque me parece que es lo que mi cliente quiere. Que les parece??
 #326274  por SALINASPAU
 
Lo ultimo que tiene que hacer el trabajador es extinguir el vinculo. La falta tiene que ser de una gravedad tal que haga imposible la prosecucion del contrato de trabajo. Las sanciones tienen que ser proporcionales a la falta, en ese caso no lo es. Hay jurisprudencia sobre ello, antes de una suspension debe haber, llamadas de atencion o apercibimientos. Luego se pasan a las sanciones de ese tipo.
Suerte.
 #326277  por SALINASPAU
 
REspecto de las diferencias salariales, no comparto, el topics, que dice puede ser causal de despido justificado, al contrario, seria una buena forma de poner en vereda al empleador y en su caso, si comienza a hostigarlo, ahi si quedaria a las claras que en represalias comenzo la persecucion en el ambito laboral. Y pueda ser causal de despido indirecto. Cada centavo que corresponde al trabajador, por derecho le corresponde reclamarlo, en el momento que ello se produce.
Suerte.
 #326280  por angelqueguia
 
De lo que se lee no sa sabe si antes hubieron apercibimiento. No lo demos por descontado.
Si tu cliente se da por despedido seguro pierde el juicio. Es que el contrato de trabajo en principio tiene una duración hasta que el trabajador esté en edad de jubilarse. Bajo ese parametro, a lo largo de la relación pueden suscitarse ontroverias. Y si por algo menor recurris a dejar sin efecto ese contrato, no te van a indemnizar. Otra opción es que si impugnaste en tiempo y no tuviste respuesta alguna, ni en favor ni en contra, entonces aplicá el derecho que te da el código civil de suspender prestaciones hasta que la otra parte cumpla, es decir, resuelva la impugnación.
SALINASPAU escribió:Lo ultimo que tiene que hacer el trabajador es extinguir el vinculo. La falta tiene que ser de una gravedad tal que haga imposible la prosecucion del contrato de trabajo. Las sanciones tienen que ser proporcionales a la falta, en ese caso no lo es. Hay jurisprudencia sobre ello, antes de una suspension debe haber, llamadas de atencion o apercibimientos. Luego se pasan a las sanciones de ese tipo.
Suerte.
 #326282  por angelqueguia
 
Cda centavo??. Al trabajador le va a salir más caro el juicio que perder dos días de sueldo.
Y que pasa si en el juicio el juez tiene por acreditada la causal de suspensión????
No te parece que eso generaría falta de confianza y motivo para despedir???????? A mi quizás si.
SALINASPAU escribió:REspecto de las diferencias salariales, no comparto, el topics, que dice puede ser causal de despido justificado, al contrario, seria una buena forma de poner en vereda al empleador y en su caso, si comienza a hostigarlo, ahi si quedaria a las claras que en represalias comenzo la persecucion en el ambito laboral. Y pueda ser causal de despido indirecto. Cada centavo que corresponde al trabajador, por derecho le corresponde reclamarlo, en el momento que ello se produce.
Suerte.
 #326501  por mariaana
 
Les comento que mi cliente tenía una suspensión anterior de un dia por haber llegado tarde. De todos modos no hizo nada de lo que le recomendé. Firmó la sanción sin aclarar que lo hacía en disconformidad solo por la promesa que le hizo el supervisor de que le van a pagar los 2 días por mas que no vaya a trabajar. Realmente solo era eso lo que le interesaba. Desde ya le advertí que se porte mas que bien de ahora en mas por los antecedentes que va acumulando. Muy útiles todos sus aportes. En un tema como éste no basta con leer legislación y jurisprudencia. Es muy importante recibir opiniones de quienes tiene mas experiencia. Nuevamente muchas gracias a todos!!
 #326517  por DAL
 
Si firmó, se notificó, pero no por eso la consintio. Tiene 30 dias para cuestionarla.
 #326525  por mariaana
 
Si. Está bien. Lo que pasa es que me dijo que no quiere impugnarla porque solo le interesaba que no le descuenten los días!!