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  • nulidad de la notificación. que contesto?

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 #326186  por natalita
 
hola foristas. les cuento lo que me paso. corri traslado de la demanda, la cédula volvió con resultado negativo. pedi nueva cedula a un nuevo domicilio, la ordenaron, la libré y volvio bien. el demandado se notifica.
se presenta en tiempo y forma y pide la nulidad de la notificación atento que en la cédula (por un error pabote mio) solo inclui el último proveido, el que ordena librar nueva cedula pero omití incluir el que ordena el traslado de la demanda.... la cédula fue con copia de demanda y documental. el recibió todo. ahora el tema es q contesto yo ante este pedido de nulidad, yo admito mi error pero la cedula le llegó con todo... y lo único que se me ocurre es que no procede la nulidad por la nulidad misma, cuando el acto, no obstante estar viciado, cumple la finalidad a la cual estaba destinado, no procede la nulidad, eso dice el CPCC. el demandado recibió todo y se notificó de una demanda en su contra y toda la documental.... esta bien mi razonamiento????? procederia el rechazo de la nulidad con este argumento??? tiene alguien jurisprudencia para pasarme y agregar al escrito???? agradeceré cualquier ayuda u opinión. no encuentro jurisprudencia.
ademas el demandado solo pide nulidad, no contesta demanda, ni opone excepciones ni nada... no tendria q haber contestado subsidiariamente por si a la nulidad no le hacen lugar???.... mil gracias! espero respuestas... Naty
 #326407  por KELYNA
 
Hola, creo que puede funcionar lo que pedis, porque el recibo todo la documentación de traslado, hace enfasis en que en la cedula figura con "copias" fijate que detallo el oficial notificador, y ademas si o si tendria que haber contestado en subsidio la demanda, por si no hacian lugar a la nulidad peticionada. Yo tuve un caso similar pero mi cliente se entero del juicio recién con la sentencia, pues habian notificado a otro domicilio donde el ya no vivia.- Plantee la nulidad y la gane, pero en subsidio conteste demanda.-

Ojo, fijate en que fecha presento el escrito planteando la nulidad.- (que fuero es laboral o civil)?

Espero te sirva, saludos.-
 #326417  por KELYNA
 
Natalita, fijate también que la presentación del planteo de nulidad que presento la otra parte, haga mención del perjuicio sufrido y el interés afectado, teniendo en consideración que éste se vio privado de ejercer adecuadamente su derecho de defensa, expresando que en nuestro sistema procesal, tales menciones hacen a cumplimentar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 172 del C.P.C. y C.-

La regla fundamental en materia de nulidades indudablemente es que: “no hay nulidad sin perjuicio”, el que debe apreciarse objetivamente, es decir, precisar las defensas de las que se ha visto privado.-

Te pregunte si era de fuero civil (por que tiene 5 dias para interponer el planteo de nulidad art 170 CPCC) en laboral (ver art 58 y 59 LO 3 dias para cuestionar).-
 #326898  por Doncella_de_Orleans
 
Es posible que el segundo auto que sí transcribiste haya dicho "atento lo peticionado, líbrese nueva cédula..." o algo así.

Sí, el contrario recibió una cédula, con una demanda y con su documental...pero en rigor no sabe si se le dió traslado o qué, o si se le pudo imprimir al proceso el trámite que corresponde u otro (pudo haber error en el juzgado), es decir, desconoce el primer proveido...y puede tener muchas cosas que plantear a su respecto...
 #327451  por natalita
 
el juicio tramita via civil, es un daños y perjuicios. fue interpuesto el planteo de nulidad dentro del plazo legal (al 4to día). en cuanto a la expresión del perjuicio solo expresa el menoscabo al derecho de defensa, la constitucionalidad de tal derecho, bla bla bla..... voy a contestar y ver que pasa.... ojala me salga bien... gracias a todos los que respondieron mi consulta.
 #327462  por docthos
 
Apela al argumento de economia procesal, atento que el acto cumplio con su finalidad cual es la notificacion, la nulidad queda subsanada ipso facto, de lo contrario ello irrogaria dispendio jurisdiccional y asignacion ociosa de recursos estatales , saludos
 #421994  por abogadacordobesa
 
colegas tengo un caso similar al planteado aca pero a mi cliente (demanda x desalojo x falta de pago) le llegó al domicilio real la cédula perfectamente hecha pero no iba abrochada la demanda sino solamente la documental y un escrito de rectificacion demanda aclarando que era desalojo x falta de pago (y no x vencimeinto plazo). Que podria hacer? alegar nulidad? subsidiariamente contestar no porque no tengo la demanda.
Una ayuda. pleases.
 #422137  por sole10
 
abogadacordobesa escribió:colegas tengo un caso similar al planteado aca pero a mi cliente (demanda x desalojo x falta de pago) le llegó al domicilio real la cédula perfectamente hecha pero no iba abrochada la demanda sino solamente la documental y un escrito de rectificacion demanda aclarando que era desalojo x falta de pago (y no x vencimeinto plazo). Que podria hacer? alegar nulidad? subsidiariamente contestar no porque no tengo la demanda.
Una ayuda. pleases.
En la cédula,donde dice cual documentación se acompaña ¿Figura la demanda? porque si figura como integrada a la documentación a la que se dio traslado,dificilmente acepten un planteo de nulidad;caso contrario,sí podes interponer una nulidad porque falta la pieza fundamental:la demanda ¿Qué contestación en subsidio podrías hacer si no conocés los hechos que se alegan,ni los actores,ni su domicilio legal,etc?.
 #464329  por flux
 
Si el acto cumplio la finalidad ok, es valido aun el vicio, pero el problema que aca veo es que la falta del proveido original impide eso.

Si no me equivoco el proveido original diria "de la accion que se deduce, la cual seguira por las reglas del proceso -xxxx-, traslado a la contraria por el termino de..." y el nuevo diria "librese nueva cedula a los mismos fines y efectos que la anterior" o similar (-xxxx- ahi va el tipo de proceso que VS dispone)

Si se da un traslado con el segundo proveido solo entonces al destinatario de la accion le llega una demanda en la cual no le dan traslado por plazo de ley bajo apercibimiento de proseguir en rebeldia en caso de incomparecer.

Osea, el accionado puede alegar que no le dieron traslado alguno, solo le llego una demanda y documental, ok, pero cual era su plazo para contestar? cual era el apercbimiento en caso de no contestar?

Creo que la falta de eso hace que el acto no haya cumplido su finalidad y la demanda y documental en si no purga eso, porque en si en la demanda no se dice mucho sobre el plazo, tipo de proceso a seguir y aprecibimiento

Lo unico que podria salvarte es la defensa de los 5 dias, osea, si la nulidad se planteo luego de 5 dias de tomado conocimiento del hecho. Para eso fijate muy bien cual es el momento en que la contraria denuncia como de toma de conocimiento de la situacion y en caso de que no lo denuncie insisti alegando que el debio tomar conocimiento antes.

Otra cosa que podria salvarte es si le mandaste luego alguna otra notificacion, en ese caso ese seria el momento en que toma conocimiento. En mi caso doy traslado de una demanda laboral, el oficial se manda la macana de notificar a la SA dandole a un empleado la accion y no primero dejando aviso de visita para que el representante se haga presente en cierto dia y hora

Pero me salvo que luego de eso yo tambien le curse una rebeldia la cual se notifico bien, entonces cuando el demandado me pidio la nulidad yo le conteste que su toma de conocimiento de la situacion viciada la tuvo cuando se le notifico la rebeldia y su planteo es posterior a los cinco dias de ese momento y por tanto consentido
 #710490  por juan70
 
Hola, planteo mi problema a ver si me dan una mano! estoy recién recibido.
Resumo. Se firmó un boleto de compraventa. Mi cliente fue demandado por supuesto incumplimiento ( ése es otro tema). En el boleto figura su domicilio dónde ya no vive mas. La notificación de la demanda le llegó a éste y no el actual. Es decir que se anotició de casualidad pero su domicilio real es dónde hoy vive pero no hizo cambio de domicilio. La pregunta es: se lo tiene por notificado al demicilio donde figura el boleto? el plazo para contestar demanda vence el jueves, que me conviene hacer? contesto demanda o planteo la nulidad o las dos cosas al mismo tiempo?
gracias y help!
( aclaración: en el boleto sólo se colocó el domicilio del firmante del encabezamiento del mismo, no se incluyó otro domicilio a los efectos legales del contrato)