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  • meses posteriores al parto

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #326860  por ely
 
Alguien sabe como se calculan los siete meses y medio que marca la ley posteriores al parto. Gracias
 #326910  por DAL
 
:shock:


Parto: HOY 01 de enero.
Siete meses y medio: 15 de agosto.
 #327552  por ely
 
Dal perdoname que te moleste, si el chico nacio el 26 de julio del año pasado cuando se estarian cumpliendo los siete meses y medio. Disculpame que te siga molestando.
 #327560  por DAL
 
26 de agosto, un mes
26 de setiembre, dos meses
26 de octubre, tres meses
26 de noviembre, cuatro meses
26 de dicimebre, cinco meses
26 de enero, seis meses
26 de febrero, siete meses
13 de marzo, siete meses y medio ( 13 de marzo + 2 de febrero = 15 días)
 #327707  por GU
 
Dado que existe la posibilidad que en el caso en cuestion nos refiramos a un año bisiesto, como ser, el año que viene, te pido DAL que contestes la pregunta correctamente (o ayudamos completo o no ayudamos!).

Ademas, te pido que aclares si para los 7 meses y medio se deben computar tambien las dos primeras, haciendo la aclaracion respecto a que departamentos tienen cuatro primeras, en lugar de dos.

Salutes!
 #327722  por DAL
 
El año que viene, es bisiesto????? Habra que esperar al parto entonces!
Yo no tengo ni dos primeras ni cuatro primeras, tengo dia de gracia, o sea . . . . un día más?????
Reforma de la LCT: 7 MESES Y MEDIO + DIA DE GRACIA SALVO AÑO BISIESTO: ATENTI RECALDE QUE ESTA SE TE ESCAPÓ!!!!!!