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  • SUCESION: HASTA DECLARATORIA...

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #326233  por AIA
 
Hola a todos...es la primera sucesion que tomo y tengo la duda con respecto a los honorarios, a los sucesores lo unico que les interesa es llegar hasta la declaratoria de herederos y punto, los honorarios los regula el juez o puedo hacer un convenio???....que es lo conveniente??....gracias.- AIA.-
 #326249  por RAA
 
Ya es tarde para hacer convenio, lo tendrías que haber hecho antes, pero que te regulen y no les entregues la declaratoria, hasta tener los honorarios pagos.
 #326533  por AIA
 
PORQUE ME DECIS QUE ES TARDE???....SI TODAVIA NO PRESENTE NADA..............
 #326672  por RAA
 
Ah pensé que ya estaba iniciada, por lo de los herederos que solo quieren la declaratoria, entonces hace un convenio de honorarios por 10% del acervo que mas o menos sabrás cuanto es aprox. y después lo que muchos hacen es pedir que se regulen honorarios por el porcentaje menor que es un 8 % del acervo y con eso ta aseguras un 18 o 20 %, acordate que tenes de tope un 25 % , no quedas mal de momento con el cliente y cobras lo justo y acordate de pedir para gastos, y la inscripción de la 3003/58 , las estampillas y la tasa de justicia, que es aparte de los honorarios.
 #327027  por moniba13
 
hola chicos, como me he reido, con el de: porque tarde si todavia no presenté nada? algo parecido al: no voy a volver, porque no voy a salir.
bueno, lo del pacto en las sucesiones, están mas claros que yo para eso eh?? acá nunca lo hacemos, de bo.... nomás, bah yo no los hago, y si es solo un inmueble regulan el 10% del valor, ojo que tienen que pedir la valuación fiscal, y sobre esa valuación más el 10% de bs muebles (que se presume que tenía el causante sí o sí) regulan honorarios.
sobre ese valor es que se paga la tasa, sobretasa, y sobre los honorarios regulados se pagan los aportes de ley, caja de abogados, ingresos brutos.
chauuuuuuuuuuuuuuu !!!! suerte y cobrá la sucesión,
ah! están buenas las sucesiones, la Declaratoria sale, pero NO EL TESTIMONIO si no está acreditado en el expte haber pagado todos los aportes, y los aportes no los podés hacer si previamente no has cobrado. ASIQUE PRIMERO LOS HONORARIOS LUEGO CON TODOS LOS APORTES HECHOS SE SOLICITA A VS EL TESTIMONIO Y OFICIO. buen finde. moniba
 #327188  por AIA
 
RAA escribió:Ah pensé que ya estaba iniciada, por lo de los herederos que solo quieren la declaratoria, entonces hace un convenio de honorarios por 10% del acervo que mas o menos sabrás cuanto es aprox. y después lo que muchos hacen es pedir que se regulen honorarios por el porcentaje menor que es un 8 % del acervo y con eso ta aseguras un 18 o 20 %, acordate que tenes de tope un 25 % , no quedas mal de momento con el cliente y cobras lo justo y acordate de pedir para gastos, y la inscripción de la 3003/58 , las estampillas y la tasa de justicia, que es aparte de los honorarios.
GRACIAS RAA POR TU RESPUESTA...EN REALIDAD EN ESTA SUCESION ME MANIFESTARON QUE NO HAY NADA ES DECIR NO TIENEN NINGUN INMUEBLE NADA DE NADA, SOLO LO HACEN PORQUE TIENEN QUE COBRAR UNA PLATA DE UN JUICIO DE LA MADRE....POR ESO YO LE DIJE A UNA DE LAS HIJAS QUE POR FAVOR AVERIGUE EL MONTO DEL JUICIO A COBRAR PORQUE SINO CHAUUU HONORARIOS!!!!.....YA VEO QUE EL JUICIO SON $20.....GRACIAS OTRA VEZ.- AIA.- :roll:
 #566962  por belenrp
 
hola yo tengo 2 casos similares, necesitan solo delcaratoria para cobrar el ppp de la ex somisa, en san nicolas. Yo tampoco se como cobrarles aparte de los gastos que les dije $500.
Si o si para cobrar me conviene denunciar bines??? O me conviene hacer un convenio?? Y si no tiene bienes??? necesito ayuda!!!!