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  • SUCESION: ES CESIONARIA O NO ?

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 #327800  por sanfi
 
Hola...Tengo que iniciar una sucesion en pcia. (Lomas) Y el padre de la Sra. le cedio sus derechos hereditarios. La cesion original no la tengo, solo tengo una fotocopia.
Pero la duda me surge porque esa cesion dice así "...impuesta la cesionaria de los términos de la presente otorgada a su favor, manifiesta conformidad y aceptacion , por estar redactada de acuerdo a lo convenido. LAS PARTES LIBERAN A LA AUTORIZANTE DE PROCEDER A LA INSCRIPCION DE LA PRESENTE ESCRITURA DE CESION
O sea que no está inscripta esa cesion de dchos...
¿ cómo la inicio la sucesion... normalmente o en su carácter de cesionaria....? No tengo el original, solo la copia.... ayuda...
 #327866  por PlumaAzul
 
Deduciendo: Primero falleció la madre, quedaron como herederos el esposo y la hija. El padre cede sus derechos sobre los bienes a su hija. Hoy estarías iniciando la sucesión del padre?.
Si es así, la hija inicia la sucesión en carácter de heredera del padre. Ella es la sucesora hereditaria.
 #327884  por sanfi
 
Hola PlumaAzul:
Es así : mama-papa-dos hijos. Muere mamá y papá cede derechos "que tiene y le corresponde en la sucesion de (mama)...."
Esa cesion de derechos no está inscripta y no tengo el original. Sirve para el sucesorio ...?
Como inicio, entonces, como simple heredera de la madre.... y con la cesion de derechos ... qué hago...
 #327902  por PlumaAzul
 
El art. 1184 del C. C. requiere escritura pública para cualquier transmisión de derechos sobre inmubles, o sea que esta cesión de derechos fue hecha con intervención de un escribano. Tienes dos formas:
1. tratar de ubicar al escribano, y solicitar una copia del protocolo,
2. No mencionar la cesión y así vas a iniciar el sucesorio como heredera, eso ya es calidad suficiente para iniciar el sucesorio. Respecto de la cesión, si no aparece la escritura, necesitarás que los otros herederos reconozcan nuevamente los derechos.
El padre es quien había cedido los derechos y el padre es quien hoy es el causante? Si la respuesta es afirmativa quiere decir que estamos ante la misma situación con cesión que sin cesión. De todas maneras ambos hijos son herederos por el todo.
 #329129  por cmarnni
 
La cesión de derechos hereditarios sobre inmueble no transfiere el dominio, porque no es un negocio jurídico causal apto, por eso es que no se la inscribió... Sirve para oponerla en el sucesorio como voluntad del heredero que quizo que otra persona se ponga en su lugar y si correspondiere después de la sustanciación se le adjudique el bien inmueble (igual que si le hubiese correspondido a él). Buscá en la copia el número de registro de la escribanía rastreala por el colegio notarial que corresponda y pedile a quien tenga a cargo ese registro que te certifique la copia.
Saludos
Claudia M.