Hola. A ver si podeis ayudarme....Voy a casarme en regimen de ganaciales(porque en la C. Valenciana por defecto es gananciales, no?). Yo por mi lado abrí en su día una cuenta vivienda y además tengo dinero en efectivo. Mi novio por su parte tiene un piso en el que vamos a vivir...La idea es que cada uno aporte todo lo que tiene al régimen de gananciales para no tener que hacer escritura y poner el piso a nombre de los 2 y así ahorrarnos gastos de notaría. Mi duda es la siguiente... puedo aportar la cuenta vivienda a la sociedad de gananciales y esto ya me sirve para cancelarla pues es como una adquisición de vivienda? Gracias
Estimada:
Este foro es para abogados de la Argentina. Me temo que acá no la podrán ayudar.
Suerte y felicidades!