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  • Demandado cierra su local...

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #328111  por leiram
 
Hoal a todos quisiera saber que puedo ahcer con respecto a la siquiente situación:
Promoví una demanda contra el dueño de un boliche (mi cliente, trabajó 3 años en dicho local y sufrió una hemorragia que lo llevó a estar 1 mes sin trabajar. Como estaba "en negro" formuló un reclamo administrativo en el ministerio de trabajo, se fijo audicencia y en la 1er audiencia el empleador RECONOCIÓ EL VINUCLO Y ASUMIÓ SU OBLIGACIÓN DE REGISTRAR A MI CLIENTE, Y A ABONAR LOS GASTOS POR ENFERMEDAD, se fijo una segunda y hasta tercer audiencia, el no compareció, y por ello decliné la vía administrativa y promoví la demanda)

Contestada la demanda, se fijó como fecha de audiencia de trámite para junio de este año.-
Pero resulta que ahora escuchando la publicidad de la radio me entero que está por cerrar el boliche, qué me aconsejan hacer?
Ya había promovido una cautelar, Inhibición de bienes, pero que puedo hacer ahora?
Puedo transformar en embargo? realmente no sé qué bienes tiene y si realmente están a su nombre, tyo creo que a esta altura se habrá liberado de muchos bienes...Please ayuda antes de que se me vaya!!!!!!!!
Como se procede en estos casos?
 #328151  por mintaka108
 
Hola: Si te hicieron lugar a la inhibición general de bienes, inscribila, te dura cinco años. Te sugiero inscribirla en Capital Federal y en Provincia de Buenos Aires. Es mejor que el embargo porque cubris todos los bienes que pueda tener. Inscriptas las inhibiciones, no tiene manera de deshacerse de los bienes. Un saludo :P
 #328154  por mintaka108
 
PD: Si tenes manera de acreditar en el Juzgado la publicidad que viene anunciando el cierre, hacelo también, por si no te hacen lugar a las medidas cautelares.
 #328576  por leiram
 
gracias por responderme, te pregunto, soy de corrientes pero el demandado es de Buenos Aires , no sé de qué parte, pero vino hace 3 años acá y montó un boliche que le vá super bien, y realmente no sé si debería inscribir la inhibición allá..
En caso que solicite por ejemplo inscribir en entidades que no solicité se libre Oficio en el escrito de demanda, puedo ahcerlo ahora? que ya está concedido? Puedo ampliar por ejemplo solicitar que se inscriba en el Banco central? (porque de todos lo bancos que inscribí el demandado no tenía cuenta, ni caja de ahorro ni era cliente..salvo en un banco pero que no tenía fondos disponibles...
Gracias