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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #328198  por maria80
 
Queridos colegas, solicito su ayuda ya que es el primer caso que tengo con éstas connotaciones,
1-una persona hace más de 20 años compró un inmueble por boleto de compra-venta. Tiene todos los impuestos pagados, todo en regla.
2- el vendedor ya falleció y en el registro inmobiliario, figura el inmueble a nombre de la esposa del vendedor fallecido.
hasta ahora estos son los datos que tengo pero quiero ir teniendo una idea.
se debe iniciar juicio de escrituración o prescripción por 20 años.
 #328227  por sergiosky
 
previo, algunas dudas...
1) ¿por que no se escrituró despues de tanto tiempo? en el boleto suele colocarse una clausula de escrituracion, normalmente cuando se paga el total, ahora, si se pagó el total... que paso en el medio que nunca se escrituró?
2) intentó hablar con la esposa del difunto? que le muestre el boleto (esta cancelado supongo) y quizas ella le hace la transferencia y evitas llegar a juicio.

si el tipo esta en posesion de la vivienda, tiene el boleto cancelado, todo en regla, pues que inicie juicio de escrituracion contra la esposa del vendedor, es un tramite mucho mas rapido.
si el tipo no esta en posesion de la vivienda, o no tiene el boleto cancelado porque el vendedor se murió en el camino o por x causa, le correspondería iniciar la usucapion veinteñal, el boleto no es un justo titulo pero es una presuncion de que desde esa fecha pudo haber tenido la posesion de la vivienda, y mas si en alguna clausula del contrato lo dice, por lo que el contrato+testigos+impuestos pagados+plano de mensura y alguna que otra prueba mas pueden originar una prescripcion adquisitiva.
 #328578  por maria80
 
Muchas gracias por sus respuestas, son de gran ayuda para mi, pero que ocurre respecto a la prescripción de la acción de escriturar, la esposa o el heredero me la pueden oponer, que haria en ese caso.
 #328593  por sergiosky
 
el boleto de compraventa queda sin efecto a los 10 años aunque por aca he leido que si el tipo esta en posesion del inmueble el plazo queda interrumpido.