Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • medidas precautorias.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #328260  por fede1981
 
Hola a todos. Les cuento, voy por la parte actora en un juicio por despido. Estoy demandando a la empresa y a los socios. A los socios no puedo todavia notificarlos. Ya pedí oficios y sigo sin poder notificar al domicilio que surge de ellos (Camara electoral, policia y registro de las personas).
Las consultas son las siguientes: 1) saben qué medidas precautorias puedo pedir en este momento del proceso, tanto a la empresa como a los socios?.
2) me conviene notificar bajo responsabilidad?
saludos
 #328685  por Norah
 
En este momento no creo que puedas pedir medidas salvo que se acreditara fehacientemente los presupuestos de las cautelares (verosimilitud del derecho) que con los antecedentes de la demanda estaria salvado, pero principalmente el peligro en la demora, con fundamentos y alguna prueba que avale el pedido.
Distinto seria el caso si los demandados hubieran sido notificados y quedaran rebeldes, ya que ahi si es viable la cautelar solo por la rebeldia.
En cuanto a los socios, ¿no figuran en guia?, ¿no tenes copia del estatuto de la sociedad?? podrias pedir a Personas juridicas copia e informe de los integrantes con sus domicilios.
Ahora si van a notificar a domicilio que esta informado por algun organismo oficial y te informan que NO VIVE ALLI, podes insistir y pedir bajo responsabilidad. Esperote sirva. Saludos