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  • HONORARIOS EN DIVORCIO

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #324310  por Abogada Principiante
 
Hola! Estuve leyendo algunos post y he sacado las siguientes conclusiones, que me gustaría que alguien me diga si están bien:

Divorcio de comun acuerdo con hijos

- por el divorcio: entre $1500 y $2000 para cada abogado
- por convenio de tenencia, visita y alimentos: entre $1000 y $1.500 para cada abogado
- si hay que hacer la disolución de la sociedad: el 8% (como mínimo) del valor de los bienes de la Sociedad

Ahora bien, tengo una pregunta para agregar: en caso de que uno de los conyuges viva en el exterior y le deje poder a su abogado, éste no tendría que cobrar algo más por esta responsabilidad? Cuánto les parece? No es demasiada responsabilidad teniendo en cuenta la complicación para realizar una comunicación fehaciente al cliente en caso de que se presentara alguna eventualidad? :roll:

Espero aportes!!!!!!

Saludos!!!!!
 #325085  por diegogvillamayor
 
hola, divorcio comun acuerdo minimo 2500 cada abogado. 30 Ius estan regulando, a 96 el Ius saca la cuenta.
Por convenio de alimentos tenencia y vistas, 3 cuotas o 2 + lo que te regulen en la homologacion
la disolucion depende del valor de los vienes, hay algunos que cobrabn 6 % y otros 15, todo depende del valor de estos.
En los que hicer por poder me hay regulado lo mismo que a la otra parte o a lo sumo 300/500 pesos mas.

saludos.
 #325426  por Abogada Principiante
 
Gracias por responder. No pensé que en el divorcio de comun acuerdo se regulaba tanto. Una colega me había dicho el año pasado entre $2500 y $2800 para ambos abogados. Lo cual es muy poco. El tema del convenio no me quedó claro: si yo lo quiero pactar directamente con las partes y lo presentamos escrito en la demanda ¿Cuánto podría cobrar cada abogado? Gracias y Saludos!!!
 #325767  por diegogvillamayor
 
hola el tema de los convenios es el abogado que hace el convenio casi siempre el del alimentado, cobra 2/3 cuotas de alimentos, mas lo que regulen al momento de homologarlo. es decir arreglar 500 de cuota cobras 1000 o 1500 + lo que te regulen al momento de la homologacion, lo que cobra el otro abogado es tema de el, en gral cobrar lo mismo o un poco menos.
2500/2800 los dos abogaods es una locura, eso se regula cuando un abogado patrocina a las dos partes, pero casi ningun juzgado o tribunal lo acepta.
un divorcio donde el mismo estudio pone los dos abogados se cobrar minimo 3500*/4000 para hacer un descuento digamos.
Pero cada uno cobra lo que quiere, despues todos por la gente que regala el laburo debemos bajar los honorarios.
saludos.
 #325873  por Abogada Principiante
 
OK! La verdad me diste un buen panorama.

No tiene nada que ver con este post, pero me gustaría preguntarte algo sobre honorarios (ya que estás al tanto por lo que veo): Le estoy haciendo la sucesión del padre a un conocido. Patrocino a la madre, a él y al hermano. El acervo hereditario está constituido por un inmueble constituido en Bien de Familia. Valuación Fiscal $30.000 .- Valuación Real: 50.000 dólares. Dude por el tema del Bien de Familia y al final le pasé $4500 (porque en realidad después la madre les va a donar su parte a los hijos) de honorarios. Gastos aparte. Yo gestioné las partidas y voy a hacer la inscripción (no por gestoría, así que no hay gastos de gestoría, que algunos abogados los cobran). Está bien? Tiende a ser mucho ó poco?
 #326279  por diegogvillamayor
 
hola, hay mucha diferencia entre la valuacion fiscal y la real, ya fue el agrimensor a cotizar la propiedad? o esa valuacion fiscal la sacas de la boleta de rentas??
fijate porque cuando vaya el agrimensor seguro aumenta esa cotizacion fiscal.
Cuando son casos asi yo pongo un % de la porpiedad pero con un minimo de tanto digamos.
y obvio el porcentaje se mide de la cedula catastral y no de la boleta de rentas.

saludos
 #326542  por Abogada Principiante
 
Hola! Gracias por contestar!!!

No va a haber agrimensor. La valuación fiscal la saqué de la boleta de ABL. Con mi cliente todo bien en realidad. Lé cobre el 5,5% de la valuación real (que en realidad me la pasó él) y en cuotas. Lo que pasa que era un conocido y se suponía que le iba a pasar un honorario razonable. El 5,5 % del valor real me pareció razonable pese a estar el inmueble como bien de flia. porque como luego la madre va a donar su parte a los hijos, se supone que la afectación como bien de familia se va a levantar. No te parece razonable? Le gestioné las partidas yo, la inscripción la voy a hacer yo (no le pasé gastos de gestoría, sí costo de partidas y certificados), y le llevo los escritos para firmar a la casa, para que no tenga que venir él (en realidad me queda cerca) ... Qué opinas?
 #327653  por diegogvillamayor
 
porque no va a hacer agrimensor? es en capital la sucesion?
cobraste menos del minimo legal por supuesto que me parece pesimo, si queres hacer precio cobra el minimo legal 6 %. Pero te reitero cada uno cobra lo que quiere. Ahora si de fiscal tiene 1.000 supongamos y de real 150.000 no tiene logica lo que cobraste. Por eso la valuacion la da el agrimensor, que salvo que la sucesion tramite en capital no entiendo porque no vas a hacer cedula catastral. Como pensas incribir?
 #327765  por Abogada Principiante
 
Hola! Qué tal?

Mirá la sucesión tramita en Capital.

El tema es que la Ley 14.394 establece que cuando el inmueble está afectado al régimen de bien de familia, los honorarios correspondiente a los profesionales que intervengan en el jucio sucesorio no excederán del 3% de la valuación fiscal. Consecuentemente hice un combo y teniendo en cuenta que cuando termine la sucesión la madré va a donar a los hijos su parte ganancial, y por ende se va a tener que levantar la afectación al régimen de bien de familia, me pareció que el 5,5 % estaba bien. Bueno, en realidad me quedo más tranquila, porque como es un conocido, le dije que le iba a hacer precio. Así que prefiero haberle cobrado de menos y no de más. Aunque te aclaro que a mi no me gusta regalar el trabajo ni de casualidad. Te digo más le pasé eso por el tema de la afectación, sino le hubiera pasado un poco más. Gracias por tu opinión!!!!
 #328405  por diegogvillamayor
 
hola como estas, ahora entiendo un poco mas.
igualmente cada uno es libre de cobrar lo que le parece bien.
Yo por decicion propia como barato a quien sea cobro el minimo judicial, y creo que nunca lo he cobrardo, por mas pariente o amigo que sea. Al fin y al cabo a mi criterio una cosa es trabajo y otra amistad o parentesco.

saludos.
 #329472  por E_Branas
 
Si sirve para colaborar con un dato más, en los tribunales de familia de San martin, Matanza y creo que en Moron tambien estan regulando un mutuo acuerdo aproximadamente $3500 por parte
 #329604  por Abogada Principiante
 
E_Branas escribió:Si sirve para colaborar con un dato más, en los tribunales de familia de San martin, Matanza y creo que en Moron tambien estan regulando un mutuo acuerdo aproximadamente $3500 por parte
OK! MUCHAS GRACIAS POR TU APORTE TAMBIÉN!
 #338207  por laura67
 
Pregunta para Diego si es posible, por lo que estoy leyendo me surge una duda de un caso que tengo.
el matrimonio se va a divorciar. El unico bien que tienen es una casa inscripta 50% cada uno. Es bien de familia, sus 3 hijos son mayores. El SR. piensa donar su 50% a los hijos. hay que levantar el bien de familia???
Mi clienta tiene una inhibición general de bienes inscripta con fecha posterior a la constitución como bien de familia. El bien se familia se levanta en un 50% y ella no corre riesgo alguno??? gracias!