Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ayuda. Trabajo en negro 2 meses y medio de antiguedad.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #328510  por rociopc
 
Hola, mi consulta es x un cliente, el primero q tengo de laboral, trabajó dos meses y medio en un laboratorio de protesis dentales totalmente en negro, con un sueldo de $ 2500 mas comisiones del 20 %. Hoy fue despedido sin causa. Se puede reclamar con tan poca antiguedad? Para colmo me dice q este último mes no se lo pagaron por lo siguiente: la hija de la dueña es odontóloga y usa a los empleados de pacientes, lo presionaron para hacerle varios arreglos odontologicos y le dijeron q se lo iban a descontar en cuotas del sueldo, ante el miedo a ser despedido aceptó, y ahora le dicen q el sueldo es para pagar esos arreglos. Q se puede hacer? Hay otro empleado despedido. Tengo q reclamar la regularizacion de la situación igual mediante CD?. Como hago la liquidación si no corresponde la indemnización por antiguedad?
Espero puedan orientarme. Mil Gracias.
Rocio
 #328968  por VICTORIA2004
 
Esperá unos días más y luego intimá regtración en los términos de la 24.013. (jaja. Si el empleador jugó primero, que ahora lo haga tu cliente)
Así, cuando efectivamente se produzca el distracto, ya tenés los tres meses cumplidos.
(El tema de la procedencia de la indemnización de la antigüedad a partir de los tres meses, surge de un plenario "Sawady c/ Sadaic").
Saludos!
 #329014  por tomas26
 
La sala X de la Cámara, el 05/10/07 en autos “Pereyra, Claudio Alberto c/Seguridad Metropolitana SRL y otros s/despido” resolvió que al hallarse el contrato de trabajo “a la fecha del despido indirecto dentro del período de prueba, carecía el trabajador de vocación de permanencia y - consecuentemente – de expectativa alguna de resultar acreedor a la indemnización por antigüedad que prevé el artículo 245 de la ley de contrato de trabajo” ( )

El Tribunal consideró que “si bien es cierto que el hecho de no registrar la relación de trabajo lleva a entender que la empleadora renunció a valerse de los beneficios del período de prueba, también lo es que el plenario “Sawady, Manfredo c/SADAIC” tiene vigor en virtud de la derogación del artículo 7 de la ley 25.013 por la ley 25.877 y la redacción actual de los artículos 245, párrafo 1 y 92 bis de la ley de contrato de trabajo.

Otro fallo que reafirma la vigencia del plenario Sawady.