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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #33099  por klaudia7
 
Hola colegas!! tengo una señora nacida el 11/04/29, 78 años, italiana,
tiene el DNI con nº 60 millones y otro con 93 millones, en ANSeS figuran acreditados los datos con el 93 millones, pero la sobrina le hizo el SICAM con el 60 millones, ahora bien tengo la sensación que esta mal realizado ya que lo consigno de esta manera:
01/55 al 06/70 cod 307 ley 24.476 con fecha de enviado 13/09/06 !!
Uds, que opinan, le doy de baja, unifico CUIL, o tomo el de 93 millones y lo vuelvo a reenviar, no tiene aportes de nada.
Esta bien si lo hago así:
01/55 a 12/78 24476
01/72 a 12/78 Art 3
Escucho sugerencias.
Desde ya muchas gracias.
Klaudia.

 #33121  por marianaferoldi
 
Vamos por partes. En la sit. de revista que armaste estás comprando 23 años, es decir, 2 años de más, ya que esta sra tiene 18 años de exceso de edad, entonces tomás 9 años por art. 19. La que armó la sobrina también estaría mal porque sólo compró 15 años y 6 meses. Todo el cálculo mío es suponiendo que esta sra no tiene aportes.
Deberías hacer unificación de cuit y armar el sicam con el DNI 93 millones. Igualmente deberías pasar más datos: fecha de ingreso al país (si es posterior a 1955 no podés comprar a partir de este año) y si la sra es pensionada.

 #33164  por klaudia7
 
marianaferoldi escribió:Vamos por partes. En la sit. de revista que armaste estás comprando 23 años, es decir, 2 años de más, ya que esta sra tiene 18 años de exceso de edad, entonces tomás 9 años por art. 19. La que armó la sobrina también estaría mal porque sólo compró 15 años y 6 meses. Todo el cálculo mío es suponiendo que esta sra no tiene aportes.
Deberías hacer unificación de cuit y armar el sicam con el DNI 93 millones. Igualmente deberías pasar más datos: fecha de ingreso al país (si es posterior a 1955 no podés comprar a partir de este año) y si la sra es pensionada.
Hola Mariana, muchas gracias por responder la sra no tiene aportes, en cuanto al ingreso al país es anterior al 55, y no es pensionada, te parece si lo hago del 01/55 al 12/69? y el beneficio lo aplico del 01/70 al 12/76?
Muchas gracias y saludos.
Klaudia.

 #33234  por marianaferoldi
 
La situación de revista sería: 01/1955 a 12/1975 - act. 307
Beneficios: 01/1969 a 12/1975 - art. 3 ley 24776

Espero te sirva. Saludos

 #33241  por klaudia7
 
marianaferoldi escribió:La situación de revista sería: 01/1955 a 12/1975 - act. 307
Beneficios: 01/1969 a 12/1975 - art. 3 ley 24776

Espero te sirva. Saludos
Hola Mariana, muchas gracias !!!!!!!! OBVIO que me sirve!!!!!!
Saludos.
Klaudia.