Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ¿ Bien ganancial ?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #329211  por Ger18
 
Ante todo buenas noches Foro.
Alguien puede asesorarme sobre la siguiente situación ?
Una casa adquirida por una persona a los 25 años. Se casa a los 35 años, y a dicha casa le hacen cientas de remodelaciones. Tienen 1 hijo en común. Se divorcian a los 7 años y el hombre se queda con todo, ella y su hijo sin nada.
El hombre 10 años después se vuelve a casar, con las mismas posesiones que ya venia teniendo.
Por diversas causas a esa casa la debe hipotecar (ya dentro del 2º matrimonio). Esta hipoteca termina de saldarla 7 años después.
Luego de esto (10 años después) el hombre fallece.
¿La casa queda como bien ganancial y deben acceder a ella el hijo y su actual mujer? O dicho bien es personal por ser adquirido previamente (a pesar de la hipoteca tomada y levantada en el 2º matrimonio) y le pertenece solo al hijo ?
Agradeceré opiniones.
 #329225  por Dario52
 
Es bien propio, en la sucesión entra el hijo y la actual mujer (la actual mujer, si estuvo casada por supuesto, entra como un hijo más), en este caso se dividen 50 y 50 % cada uno. Si con la mujer anterior se divorciaron judicialmente y el causahabiente fue declarado culpable del divorcio, a esta tambien le corresponde prta del acervo hereditario, en este caso se divide por 3, al ser bien propio las mujeres entran como un hijo más. jendú pá? (entendiste en guarani)
 #329237  por pablin
 
Coincido con Dario52 y agrego que, si la primera mujer, puede probar que ella hizo aportes para las "cientas de remodelaciones", podría solicitar una compensación.

Salu2, Pablín.
 #329879  por Ger18
 
Darío muchas gracias !!
Pero te parece que sea asi ?? Mirá que el 1º divorcio ya fue hace mucho tiempo, y el tipo se quedó con todo. Fué divorcio legal.
Luego se volvió a casar legalmente también.
Pero esa casa YA LA TENIA desde antes. Porque dicho bien entra como bien ganancial ?? Si es un bien anterior a la sociedad conyugal.
No debería quedar como bien propio ? Y solo heredar el hijo ?
O el hecho de haber estado hipotecada la casa durante este 2º matrimonio, se cuenta como vuelta a comprar dentro de ese plazo ?
Aguardo vuestros comentarios.
Atte. :
German
 #329888  por Dario52
 
No importa si en el primer divorcio se quedó con todo, si fue declarado culpable del divorcio, la primer mujer conserva los derechos sucesorios. Cuando es bien propio entran en la sucesión, el hijo (heredero forzoso) y la conyuge (como un hijo mas), a pesar de que el Código no dice que la conyugue es sucesora forzosa, es así, con el segundo matrimonio no entra como bien ganancial, porque todo lo que lleves al matrimonio adquirido antes, es bien propio. Si la segunda mujer puede demostrar que ayudó en el pago de la hipoteca, puede pedir la restitución de lo aportado, pero aparte lo mismo entra en la sucesión, como un hijo más del causante
 #330164  por Dario52
 
No te olvides que la hipoteca es solo un derecho real de garantia, no significa que la segunda mujer adquiera parte del inmueble, por haber contribuido al pago de la misma y que pase a ser bien ganancial por eso
 #331446  por Ger18
 
Bien !! Me desaznaste. Es justamente lo que pensaba, pero no estaba seguro de que el código civil asi lo dijiese.
muy bueno tu aporte... El hecho de que haya ayudado a pagar la hipoteca, no quiere decir que el bien volvió a comprarse.. Y encima no es sabido si ayudó a pagar dicha hipoteca, por ende debería demostrarlo...
Muchas gracias nuevamente. Buen conocimiento de la ley.
Saludos !
 #331594  por Dario52
 
Alguien lo dijo alguna vez: "Cada libro que se lee es un burro que se mata", yo ya mate varios, pero siempre me aparecen más y más