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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #331458  por LawyerG
 
Hola foristas, el tema es el siguiente:
Inicie un beneficio de litigar sin gastos en sede laboral, voy por el actor pedi informativa al Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal, para que informe que el actor no tiene bienes a su nombre y me dieron un plazo de 10 dias para ofrecerla.-

Transcurrio el plazo de 10 dias y no acompañe los oficios, pero en el día 15 acompañe el informe que lo pedi particularmente, es decir sin oficio con una minuta del Registro.-

Me proveyeron que la prueba es extemporanea porque esta fuera de los 10 dias y el desglose de la misma.-

Ahora bien, al beneficio de litigar sin gastos le dieron tramite por el Codigo Procesal, puesto que la Ley ed procedimiento laboral de Caital Federal no le prevee.-

Aca hay dos cuestiones en la que quiero defender mi postura:

1) El informe que acompaño del Registro no es una informativa, sino que es una prueba documental nueva que no tenia a mi disposicion cuando inicie el beneficio de litigar sin gastos, entiendo que me den por desistida la informativa porque no la acompañe en el plazo establecido pero lo que acompañe ahora es una documental del Registro actualizada a la fecha, maxime aun cuando todavia ni siquiera se le corrio traslado del beneficio a la otra parte y al fisco e incluso la acompañe antes de la prueba testimonial.-

2) Lo segundo se basa en justamente en que el art. 80 del CPCCN dice que una vez presentado el beneficio se le debe correr traslado a la contraria y al fisco, esto no lo ordeno el Juzgado, por lo tanto se deberia tener presente mi informe del Registro, aun peor la otra parte me podria pedir la nulidad de todo lo actuado porque nunca se le corrio traslado del beneficio.-

Me gustaria saber que opinan mañana voy a ir a hablar con el Juez para ver si lo puedo solucionar o tendre que apelar la decision, tambien considero que se trata de un exceso ritual manifiesto, puesto que el actor efectivamente vive en la pobreza y sin este informe el Juez puede fallar cualquier cosa, mas alla de que en la prueba testimonial esta mas que claro que el actor no tiene un centavo y vive en una villa de emergencia.-

Dede ya agradezco mucho de su ayuda para ver que opinan al respecto y le va a servir a muchos otros que no conozcan del tema. Muchas Gracias, Saludos
 #331956  por LawyerG
 
Vamos alguien sabe algo??, les comento que postie esta inquietud y conteste en compensacion unos 10 post para ayudar a los demas, alguno tiene que saber no sean amarretes.-
Saludos
 #331973  por KELYNA
 
lawyer:

Mira respecto a tu planteo, yo iria al juzgado y plantearia que:

punto 1 vos decis..."ni siquiera se le corrio traslado del beneficio a la otra parte y al fisco e incluso la acompañe antes de la prueba testimonial.- (sino corrieron el traslado del art 80 vos podrias agregar esa prueba como ofrece prueba documental (ya no te la tienen como informativa por extemporanea) como documental creo que si y plantealo, maxime teniendo en cuenta que no se corrio traslado del beneficio. (vos podes ampliar la prueba antes de que se corra traslado de demanda).-


Espera otras opiniones, ese es mi humilde criterio, saludos y suerte.-
 #332020  por turiddu
 
Como Representante del Fisco te opondría una nulidad absoluta. A mi modo de ver las cosas, el desglose es ajustado a derecho. Operada la caducidad, no hay vuelta que darle pues la etapa precluyó. Magüer, si la prueba en cuestión es determinante, y toda vez que no se concedió traslado a Representante del Fisco, un desistimiento no resultaría descabellado. Aún así, quien te brinda esta opinión ejerce la Representación Fiscal por lo que tomá mi sugerencia con la subjetividad del caso. Un fuerte abrazo.
 #332030  por LawyerG
 
Al final no fueron amarretes, muchas gracias por compartir sus opiniones, las voy a tener muy en cuenta, creo que estoy bajo los lineamientos que pensaba seguir entonces. Se agradece nuevamente si hay alguna otra opinion bienvenida sea!
Saludos