hola foristas necesito su ayuda: actuo en un caso como defensora oficial en un juz de paz, estoy por la parte actora. La demandada tamb tiene el beneficio de lit sin gastos.- la duda es que para resolver el pleito es indispensable la prueba de peritos (agrimensor y en construcciòn o arquitecto) ya que las partes no se ponen de acuerdo para solucionarlo amigablemente. Es mas un arquitecto empleado de la municipalidad envio una propuesta - informe (presentada por la demandada) de soluciòn. La parte que yo represento no la acepto. Por ello solicite la apertura a prueba. La duda es: como es el tema de los honorarios de los peritos, los paga el poder judicial, como me va a pagar a mi por mi labor? o rige lo que dice el CPCC en el cap de prueba de peritos, que depende quien propone la prueba, si la contraria acepto la producción de la prueba o a quien beneficia la pericia? ¿? por favor espero respuestas... estoy perdida
gracias!
gracias!