Hola ¿que tal colegas? espero que esten todos bien preparandose para pasar unas lindas pascuas con sus seres queridos.
Tengo una consulta para hacerles a todos los que me quieran dar una mano, ya que soy muy nuevo en el mundo del derecho.
Mi problema es el siguiente:
Una mujer que estuvo durante unos cuantos años en concubinato con un hombre tuvo dos hijos con el, luego se separo del mismo.
De esa union nacieron dos hijos, ambos cuando fueron inscriptos se inscribieron solo con el apellido materno( no se porque el padre no les dio el apellido en ese momento).
Vivieron luego del nacimiento de los chicos unos cuantos años juntos.
Posteriormente se separaron.
Despues estar unos años separados vino la mujer a mi estudio y quiere que pida los alimentos que adeuda el padre de ellos.
Yo tengo la duda ¿que le digo a la mujer?
A mi me parece que tengo que decirle a la mujer que primero el ex concubino reconozca ante el Registro Civil y de Capacidad de las personas a los menores como propios a traves del reconocimiento.
Y en caso que no consiga la mujer que este hombre quiera reconocer a los menores como propios (esta por tener un hijo con otra mujer en este momento) tendria la mujer en representacion de sus hijos iniciar una accion de Filiacion-desde luego con mi patrocinio letrado-.
Y luego de haber triunfado en la misma ( si es que se triunfa, no vaya ser que le quiera meter el perro...), y Despues de eso ver el tema de los alimentos.
¿Es eso lo que tengo que hacer?
Por favor necesito ayuda de manera urgente.
Muchas Gracias y Felices pascuas.
Tengo una consulta para hacerles a todos los que me quieran dar una mano, ya que soy muy nuevo en el mundo del derecho.
Mi problema es el siguiente:
Una mujer que estuvo durante unos cuantos años en concubinato con un hombre tuvo dos hijos con el, luego se separo del mismo.
De esa union nacieron dos hijos, ambos cuando fueron inscriptos se inscribieron solo con el apellido materno( no se porque el padre no les dio el apellido en ese momento).
Vivieron luego del nacimiento de los chicos unos cuantos años juntos.
Posteriormente se separaron.
Despues estar unos años separados vino la mujer a mi estudio y quiere que pida los alimentos que adeuda el padre de ellos.
Yo tengo la duda ¿que le digo a la mujer?
A mi me parece que tengo que decirle a la mujer que primero el ex concubino reconozca ante el Registro Civil y de Capacidad de las personas a los menores como propios a traves del reconocimiento.
Y en caso que no consiga la mujer que este hombre quiera reconocer a los menores como propios (esta por tener un hijo con otra mujer en este momento) tendria la mujer en representacion de sus hijos iniciar una accion de Filiacion-desde luego con mi patrocinio letrado-.
Y luego de haber triunfado en la misma ( si es que se triunfa, no vaya ser que le quiera meter el perro...), y Despues de eso ver el tema de los alimentos.
¿Es eso lo que tengo que hacer?
Por favor necesito ayuda de manera urgente.
Muchas Gracias y Felices pascuas.
El Espíritu del Señor DIOS está sobre mí,
porque me ha ungido el SEÑOR...
para proclamar libertad a los cautivos
y liberación a los prisioneros;
LIBRO DEL PROFETA ISAIAS 61:1.-
porque me ha ungido el SEÑOR...
para proclamar libertad a los cautivos
y liberación a los prisioneros;
LIBRO DEL PROFETA ISAIAS 61:1.-