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  • SE PUEDE DESPEDIR ANTES QUE FINALICE EL CONTRATO A PRUEBA?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #332065  por blueyellow
 
No hago laboral, es para un primo que abrió una pizzería hace un mes y medio, y se enteró por un cliente -que es amigo personal- que una de las camareras estaría embarazada (alguna sospecha dice que tenía por alguna actitud de ella). Quiere despedirla: puede mandarle telegrama por el art. 92 bis y su modific. que a partir de mañana se prescinde de sus servicios, estando a su disposición haberes, liquidación final, certificado de servicios? Porque por lo que estuve leyendo si lo hace con el preaviso de 15 días y dentro de ese plazo ella le comunica embarazo, debería abonar indemnización. Uds. que opinan?
 #332127  por ISIS
 
docthos escribió:Durante el periodo d prueba no es necesario preavisar, si no le notifico del embarazo fehacientemente no le deberia mas que la liquidacion final, sludos!
Si hay obligacion de preavisar...si no la preavisa le tiene que pagar la indemnizacion sustitutiva de preaviso...
Art. 92 bis. — El contrato de trabajo por tiempo indeterminado, excepto el referido en el artículo 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros TRES (3) meses de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar según lo establecido en los artículos 231 y 232.
Y esperemos que haya registrado el contrato...
 #332163  por blueyellow
 
docthos escribió:jaja mil perdones justo me metia para aclarar mi error, en verdad de lo que se prescinde es de la expresion de causa en el despido, pero rige el preaviso, saludos!
Gracias, justamente le redacté la carta documento en base al art.92 bis y su modific. prescindiendo de sus servicios a partir de XX, liquidación final, certificado de servicios a disposición en....., en fecha tal, de tal hora a tal hora. Queda Ud. debidamente notificado. Ok?
 #332164  por docthos
 
Si re bien respetando el plazo de 15 dias solo pagas eso, mis disculpas nuevamente por darte info erronea pero se me cruzaron los datos jaja a veces pasa!, nos vemos suerte! recorda que ahora le tiene que dar unas hs por dia para que busque otro tjo es su derecho, saludos
 #333320  por blueyellow
 
docthos escribió:Si pero si lo notifica fehacientemente aca eso no sucedio aun, por lo cual puede despedirla
Sí, es cierto, porque hay fallos que he leído por internet al respecto, y efectivamente es así. Es más, pudo haber ingresado ya estando embarazada, el tema es que si se la notifica expresando que se le dan los 15 días de preaviso, y ella manda un telegrama dentro de esos 15 días notificando su embarazo, le correspondería los 13 meses. De cualquier forma él piensa incluirle los 15 días en la liquidación final.
 #333426  por DAL
 
El preaviso conviene pagarlo, antes que otorgarlo, ya que el trabajador esta expuesto a riesgos laborales y trabaja a desgano. Por eso normalmente se opta, salvo casos particulaes, por pagar el preaviso.