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  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #333650  por ana79
 
Por Favor, necesito que me asesoren! En el contrato de Renovaciòn de alquiler en uno de los puntos dice que el LOCATARIO está "obligado" cuantas veces sea necesario permitir la entrada del LOCADOR o de quien él designe, para inspeccionar la propiedad o ver los arreglos que sean necesarios. Si en el contrato dice q hay q devolver la propiedad en las mismas condiciones q la recibimos. Personalmente lo veo como una invación a mi privacidad; además, despues de 4 años? Por que ahora? Qué alcance como dueño tiene una vez q estoy instalada? Si alguien me puede orientar, les agradeceria un monton. Aunq sea diganme en que codigo o en q ley puedo leer sobre el tema. MUCHAS GRACIAS!
 #333752  por falconrodolfo
 
Hola; mira eso esta contemplado en todos los contratos, el propietario tiene derecho a ingresar, siempre y cuando se justifique, no es que lo puede hacer cuando quiera.
El ingreso debe estar justificado por alguna causa.
 #333773  por Mordisco
 
Podes solicitar que modifiquen esa cláusula, por la siguiente (No es una cláusula abusiva, y generalmente no suele presentar inconvenientes, pero algunas veces algunos locadores son muy molestosos y para que no haga abuso de este derecho podes solicitar que para que se haga uso del derecho de visita debe mediar una notificación fehaciente con por lo menos 7 días de antelación)
FACULTAD DE VISITA Y VIGILANCIA: EL LOCADOR tiene derecho a inspeccionar el estado del bien locado y puede para ello, por si o por las personas que designe debidamente visitar el inmueble cuando las circunstancias lo aconseje necesario o a su solo juicio debiendo dar aviso fehaciente a EL LOCATARIO con una antelación minima de 7 días y causarle las mínimas molestias.
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