HOLA. ALGUIEN ME PUEDE DECIR SI CORRESPONDE POR MUERTE DE EMPLEADO DE UN GARAGE ALGUN SEGURO DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº391/75? ESTE CONVENIO DEL AÑO 73 DICE EN SU ART. 16 QUE SE LE PAGARA UN SEGURO AL EMPLEADO FALLECIDO DE $10.000 (ADEMAS DEL QUE CORRESPONDE POR LEY), PERO EXISTE UN CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL AÑO 2005 (427/05), QUE SE SUPONE QUE MODIFICA AL ANTERIOR QUE DICE EN SU ART. 20 QUE SE PAGARÁ UN SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO"SEGUN LO QUE DISPONGAN LAS LEYES VIGENTES". YO QUISIERA SABER QUIEN DEBE PAGAR ESTE SUBSIDIO:EL EMPLEADOR O EL SINDICATO PORQUE NINGUNO SE HACE CARGO. MI NOMBRE ES MARIELA Y SOY LA HIJA DEL FALLECIDO. AGRADECERIA RESPUESTA
Cuando hay un nuevo convenio, el anterior queda sin efecto salvo que el nuevo diga que sige vigente. Es decir qeu en principio si el nuevo no teiene este seguro el seguro no va más.
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