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  • A quién corresponden los arreglos de Gas?

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #321835  por Prospero
 
Estimados, tengo el siguiente problema en un PH. El administrador dice que el consorcio se responsabiliza solo por arreglos a la red de gas desde la calle hasta los medidores. Que desde los medidores hasta las unidades y dentro de las mismas, será cada propietario el responsable de pagarse los arreglos.
El edifico es muy viejo y están empezando a haber pérdidas de gas por todos lados.
Transcribo una parte del reglamento de propiedad del PH:
"Son cosas comunes las que se especifican en el artículo segundo de la Ley trece mil quinientos doce y en consideración a las dependencias del edificio, las siguientes: El terreno, los cimientos, la estructura, muros maestros, paredes o tabiques divisorios entre las unidades, entre sí o entre los Departamentos y espacios comunes,...
...los medidores de gas y de luz, las escaleras al primer piso y a la azotea, el departamento del portero… las cañerías principales de distribución de agua fría y gas, los patios de aire y luz, cámaras cloacales y en general todos los artefactos e instalaciones existentes o que se coloquen en el futuro para beneficio común."

Cuál sería la situación en este caso? El reglamento habla de los medidores y de cañerías principales de distribución.

Desde ya muchísimas gracias por sus opiniones. Atte.
 #322625  por estudiojuridicoGA
 
Las perdidas de gas son en las partes comunes? en el patio?, en su vivienda donde conecta calefon o termotanque? hay que ver bien donde son porque de corresponder al consorcio le aconsejo enviar carta documento intimando al cumplimiento de sus obligaciones bajo apercibimiento de accionar por daños.
 #324646  por Prospero
 
Gracias por la respuesta:

Las pérdidas son una adentro de un departamento y otra en un pasillo o palier.
Los administradores alegan que solo es parte común al consorcio el caño que va desde la calle hasta los medidores. Dice que desde los medidores hasta los departamentos y adentro de los departamentos es de cada uno y cada uno debe pagarse el arreglo.

Transcribo una parte del reglamento de propiedad:

"Son cosas comunes las que se especifican en el artículo segundo de la Ley trece mil quinientos doce y en consideración a las dependencias del edificio, las siguientes: El terreno, los cimientos, la estructura, muros maestros, paredes o tabiques divisorios entre las unidades, entre sí o entre los Departamentos y espacios comunes,...
...los medidores de gas y de luz, las escaleras al primer piso y a la azotea, el departamento del portero… las cañerías principales de distribución de agua fría y gas, los patios de aire y luz, cámaras cloacales y en general todos los artefactos e instalaciones existentes o que se coloquen en el futuro para beneficio común."

Cuál sería la situación en este caso? El reglamento habla de los medidores y de cañerías principales de distribución.


Gracias.
 #324704  por estudiojuridicoGA
 
Mira segun tu comentario yo entiendo que la perdida existente en un palier es responsabilidad del consorcio primero por encontrarse en una parte comun segundo porque es la conexion entre el medidor y el departamento. Ahora bien mas alla de eso con relacion a la perdida del departamento hay que ver si proviene del caño que sale de la pared y conecta al calefon ya que si es ahi la perdida es responsabilidad del propietario ya que esta fuera de la pared que es elemento comun. Hay que tener mucho cuidado con esto porque el gas es peligroso y si hay escapes se pone en riesgo la vida de terceros y la propiedad de los mismos. En tu caso, y disculpame la preg, no se si sos abogado o particular, igualmente considero que habria que releer bien el reglamento y a simple vista habria que intimar al consorcio y al propietario del departamento en problemas a dar rapida solucion a esto por el riesgo que genera, esto se realiza con una carta documento y asesoramiento letrado. Espero te sirva la respuesta, saludos
 #330807  por Prospero
 
Muchas gracias por la respuesta. Resulta que al día siguiente de la asamblea donde no ser resolvió arreglar esas pérdidas de gas, yo redacté una nota y la repartí a todos los deptos. citando parte de la ley 13512 y parte del reglamento donde trata ese tema. Asi fue como apareció una miembra del C.A. (es la que tiende los hilos en el edifico) y me dijo que se iba a arreglar enseguida porque sino era responsabilidad del consorcio si pasaba algo.

No sé a quién van a cobrarle el trabajo. Eso se verá. El punto es que quiero reunir elementos para destituir al C.A por no haberse sometido a votación la pertenencia de sus miembros.. y ya pasaron más de 3 años. Mi idea es tratar de desarmar el consejo para que se renueve y esta persona pierda el poder que tiene.

Cómo puedo dejar asentada esa irregularidad del C.A. ?

Gracias de nuevo!
 #331473  por estudiojuridicoGA
 
Me alegro que en parte haya podido solucionar su problema el tema es que para lo que me comento ultimo necesita asesoramiento letrado y nosotros por este medio no podemos brindarlo. Le aconsejo que vaya a algun abogado de confianza que maneje el tema y lo asesore. Suerte.
 #667277  por NapoZ
 
Estimados, les vengo con una duda MUY similar, posteo aca para no abrir otro post:

Una pared de mi depto tiene humedad, bastante. Es una pared de la cocina, que por dentro lleva los caños de agua, y del otro lado es pared del pallier del edificio. No es una pared de paso digamos, solo tiene MIS caños por dentro.

Obviamente el Administrador me dice que el arreglo es mio, porque lo mas posible es que el caño de agua que va a mi cocina, este pinchado, y que me tengo que hacer cargo.

Descartemos un tema de napas, supongamos que el caño ese efectivamente este pinchado, a quien corresponde el arreglo? Por lo que lei en el foro, al llevar solo MIS caños esa pared, me corresponderia a mi, pero leyendo de nuevo, me doy cuenta que si, la cañeria es solo mia pero no se separa hacia una pared exclusiva de mi depto, sino que esta en una pared comun y compartida con el pallier del edificio ( vivo en planta baja )

Abajo esta el esquimita, la pared en rojo, como puse ahi, es la que da a mi cocina, y al pallier, espero se entienda y desde ya les agradezco su ayuda.



Adjunto el esquema " rudimentario" jajaj para explicarme mejor:

Imagen

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 #676625  por MrRuben1963
 
Estimado NapoZ, por el tipo de problema descripto, el consorcio debería hacerse cargo de la reparación de los caños. En general una buena solución por parte de los aministradores es arreglar la pérdida para evitar daños mayores a partes comunes o de otro copropietario. Estos gastos son por cuenta del consorcio en tanto que las terminaciones superficiales, sea pintura, cerámicos, etc los dejan a cargo de la unidad afectada, ya que en definitiva no fue un daño causado por otra persona. Sería distinto si el daño se hubiera producido por trabajos hechos en otro depto. que te perjudiquen a vos. Ojala mi comentario te sirva.
Saludos.
 #676652  por NapoZ
 
Por supuesto que me sirve, el tema es que, por ejemplo:

Consulte con una amiga administradora de otro edificio, mas grande, y me dice " dejate de joder, si los caños son tuyos, hacete cargo"

Un amigo abogado, que vive en mi edificio, me dice " Es que estas cosas te podes pasar 3 años peleando y jamas te vas a poner de acuerdo"

Y el otro tema,es que la perdida ya afecto de tal manera la pared del pallier ( no solo la mia, sino la que en el diagrama aparece como pared del pasillo, que tb es pared de mi depto ) que sale mas barato el arreglo del caño, que dps revocar y pintar todo, pero ese es otro tema calculo.

Vale decir, que del lado de adentro, o sea de mi cocina, el daño estetico es minimo ya que tengo la mesada de la cocina, y la pared esa, detras de la mesada, ni mosaicos tiene, asi que es solo romper, cambiar caño y revocar, nada de pintar o algo por el estilo.

Espero algun dato mas, sino tendre que sentarme a negociar con el consorcio a ver como hacemos.
 #677792  por MrRuben1963
 
Estimado amigo:
Punto1: los caños no son sólo tuyos, si son originales, embutidos y la pared es lindera a un espacio común, le cabe responsabilidad al consorcio. Los propietarios nunca arreglan esos problemas, joden al vecino y el que termina pagando el arreglo al final es EL CONSORCIO y encima más caro. Lógico, los administradores coimean con los arreglos y ganan más guita.
Punto 2: Si te tomas la molestia de fastidiar bastante al administrador, te lo arreglan mucho antes de los tres años de que habla el abogado. Y a eso te lo firmo. Pero ningún abogado ganaría nada con ese tema tuyo asi que no te lo agarran.
Y Punto 3: Si en tu depto. el problema no es el peor, cuando las viejas vecinas tuyas vean como va quedando el palier, vas a ver como solitas van y arreglan la pérdida. Cuando tu pared este seca le das pintura y listo.

Conclusión: Por favor insistí con el consorcio, no dejes pasar, en casa por ejemplo, están dejando a nuevo departamentos que por error, omisión o mala leche son arruinados por reparaciones del propietario, y lo pagamos entre todos.
Aguardo respuesta.

Ruben
Futuro Abogado