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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #334229  por Nico32
 
Estimados colegas, me ha surgido un caso donde estaba iniciado el reclamo por accidente de trabajo, habiendose hecho la denuncia pertinente ante la ART y ante la AFJP para que paguen indemnizacion y renta vitalicia corrspondientes. Mi duda es como se modifica la situacion ante la desaparicion de las AFJP ya que eran estas quienes depostaban el capital a la compañia de seguros de retiro para que se paguen las prestaciones correspondientes.
¿Se dejo a salvo la situacion de los reclamos iniciados antes de la desaparicion de las AFJP?, ¿sera el estado quien deposite todo el importe antes las compañias de retiro?, ¿se modifica en algo la forma de pago de ls prestaciones?
Agradezco la colaboracion de quienes me ayuden con este tema..