hace un divorcio comun sin bienes, y luego por convenio haces la liquidacion de la soc conyugal, vos cobras 2 veces, 1 por el divorcio y 2 por la liquidacion, tu cliente ahora la tasa y sobre tasa. Hay que ver q quieren hacer con el bien ademas.
Dr. Diego G. Villamayor
Abogado Cristiano
ISA 61.2 "Porque yo Jehova soy amante del derecho, aborrecedor del latrocinio......"