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  • Duda con un tema de renuncia

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #336048  por SANSAL
 
Buenas gente:

Tengo la siguiente duda: Una persona envìa telegrama de renuncia a su empleador. Cuando se presenta a cobrar liquidación final, le pagan dìas de vacaciones de menos, por lo cual, con la relación fue conflictiva le reclama la diferencia de dìas y diferencias salariales por diferencia de categorìa. Este reclamo es rechazado y allì terminó la cosa, por ahora.
PREGUNTA: Puedo seguir con el reclamo de las diferencias salariales, sin problema. Entiendo que la renuncia no permite reclamar indemnizaciones, pero mi duda es si el reclamo de las diferencias salariales, no es extemporáneo y debió hacerse antes y me complica seguir adelante con el reclamo. Espero haber sido clara.
Espero sus respuestas.

Otro tema: Acuerdo laboral registrado en San Martín, entiendo que me permite reclamar diferencias de rubros no contempladas en el mismo, estoy en lo correcto???
 #336051  por dradilella
 
El haber terminado la relación laboral ya sea por mutuo acuerdo o distracto directo o indirecto en nada te afecta con respecto al reclamo de diferencia salarial (ya sea pago inferior al CCT o pago de horas inferiores a las laboradas en jornaleros). Se te complica un poco cuando reclamas horas extraordinas, porque en capital no haber reclamado estando vigente la relaciòn laboral es una presunción en contra, pero si la prueba es fuerte no hay problemas. Saludos
 #336573  por SANSAL
 
Gracias Drdilellia!!!

Y sì, va a haber reclamo de extras y puedo probarlas, de hecho otra clienta està en una situación similar, asì que las cruzaré como testigo.
Si tenès a mano fallos al respecto, te agradecerìa me los envie. Saluditos. Sansal.
 #337290  por GU
 
dradilella escribió:El haber terminado la relación laboral ya sea por mutuo acuerdo o distracto directo o indirecto en nada te afecta con respecto al reclamo de diferencia salarial (ya sea pago inferior al CCT o pago de horas inferiores a las laboradas en jornaleros). Se te complica un poco cuando reclamas horas extraordinas, porque en capital no haber reclamado estando vigente la relaciòn laboral es una presunción en contra, pero si la prueba es fuerte no hay problemas. Saludos
Perdon por la ignorancia, en que se basa la presuncion de las horas extras?

Salutes!
 #380313  por dradilella
 
La presunción se basa en la pocas ganas de darlas que tienen los jueces. En fin es corriente mayoritaria en jurisprudencia que la prueba debe ser fehaciente, sin lugar a dudas debe convencer al juzgador de la veracidad porque en caso de duda no se presume a favor del trabajador. Frases por el estilo he tenido en diversos fallos.