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  • Alimentos. Notificación clausura etapa previa. Nulidades.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #336387  por usuario1025
 
Hola!!!
Se trata de un alimentos donde voy por la actora, en la etapa previa el demandado no se notifico, solicito la clausura de dicha etapa y pido alimentos provisorios.
En una resolución me fijan alimentos provisorios y se da por finalizada la etapa previa, procedo a abrir cuenta en el banco y diligencio oficio a la empleadora. Pero he aqui mi eror (creo), no notifico al demandado de dicha resolucion, aun asi el oficio a la empleadora lo presente en el tribunal y me lo autorizan. Luego lo diligencié en la empleadora. Despues presenté la demanda de alimentos, me fijan audiencia del art. 636, esta si la notifico al demandado, y por lo que supuestamente ya se diligenció.
Es nulo todo lo actuado por no notificar la clausura de la etapa? que consecuencia acarrea no no tificar? Vale de algo notificarlo ahora?

Desde ya muchas gracias, saludos cordiales.