Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • alguien me orienta por favor?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #336187  por alejandralagos
 
Chicos, me vino a ver un hombre que quiere liquidar la sociedad conyugal, pero quiere cambiar de abogado....
El tema es que no se cuanto cobrarle....
Qqueria saber:
1.- la sociedad se liquida y se adjudican los bs....ahi concluye el procedimiento????? o con la Inscripcion en el registro de los bienes?????
2.- cuanto le tendria que cobrar????
3.- Sobre que base se regulan honorarios???? le puedo cobrar yo antes y renunciar a la regulacion??????
4.- QUE GASTOS TENGO YO QUE INCLUIR EN EL PRECIO
desde ya gracias; en mi primera liquidacion......
besos
ale
 #337784  por mantuleasa
 
1/ debes inscribirselos
2/dame el valo de los ienes y te oriento
3/la inscripcion la hace una gestoria con los papelesq vos le des.AHi tambine le podes cobrar algo
4/la regulacion no debe ser renunciada.pues sobre esa regulacion, si es en pcia deberas hacer aportes e iIBB(q obvio pagara tu cliente)

suerte
 #337792  por docthos
 
Si le cobras vos, trata de averiguar antes porque como te dijo mantu no podras renunciar a la regulacion despues ya que tenes que pagar aportes e impuestos, entonces fijate para que no termines corando mucho menos de lo que deberias y no llegar a cubrir nada, saludos y exitos!
 #337912  por mfrinland
 
hola si es en pcia. no renuncias a los honorrios, lo que haces al momento que solicitas la inscripcion de la adjudicacion denuncia en el expediente que acordaste con tu cliente los honorarios en el minimo de la escala legal, que ya han sido abonados y adjunta los comprobantes de pago de aportes y contribuciones y te regulan el minimo. Suerte.