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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #3379  por mariaconstanza
 
hola.
necesito que me desaznen.
Sra. monotributista, que aporto de 1994 a 1999, le dieron en afip baja automatica, por no seguir pagando en 1999.
puedo hacer sicam sin tomar en cuenta estos años, es decir en la situacion de revista declarar p.ej. 01/55 a 12/85 y aplicar los beneficios del a. 3 24476 por 7 años tomando como baja el 85? o anses toma como baja el 99?
 #3397  por francisco
 
Hola, antes de ver el tema tendrias que contarnos fecha de nacimiento y que fecha de inicio y cese figura en el padron de autonomos de Anses.
De donde obtuviste que aporto de 1994 a 1999? tiene pagados esos años?
 #3400  por mariaconstanza
 
francisco escribió:Hola, antes de ver el tema tendrias que contarnos fecha de nacimiento y que fecha de inicio y cese figura en el padron de autonomos de Anses.
De donde obtuviste que aporto de 1994 a 1999? tiene pagados esos años?
en el padron de autonomos no figura inscripta. lo pagado aparece en la pag del sicam en pagos. en afip me dijeron que le dieron de baja en el 99

nacio 15/08/38
cumplio 18: 15/08/56
hoy tiene 68 al 31/12/04: 66
lo q quiero saber es si puedo obviar esos años y armar sit de revista por ej. desde09/56 al 08/82 (por 4 años de exceso de edad) y aplicar beneficios sin nec. de declarar los años del 95 al 99
gracias
 #3403  por francisco
 
Hola, estas segura que no le figura nada en Anses? pediste el telex en una Udai? porque muchas veces en la pagina de internet no figura nada y en anses si figura con una inscripcion, si fuera asi correrias el riesgo de haber hecho mal el sicam.
Si pediste el telex en anses y no te figura nada en autonomos ni en relacion de dependencia, muchos aplican el "cese ficto" art.1 ley25321.
A ese respecto la Resolucion 51/06, sustituye la parte pertinente de las normas referidas al modo de acreditacion del cese, aprobadas en el anexo V de la Resolucion GNPy S nro:163/05 por el siguiente texto:
....b)Tambien sera considerado "cese ficto" aquel mes donde el afiliado (autonomo o monotributista) efectuo el aporte o contribucion previsional inmediato anterior al ultimo periodo en el cual invoca la renuncia de servicios que regula la ley nro:25.321, en tanto dicho períodode aportes exceda los necesarios para el logro de la PBU PC PAP o PEA"

 #3445  por nani
 
maria, si te figura la baja en sicam al 99, no podés no declararlo estén pagos o no, si no están pagos los renunciás, pero la fecha de baja es al 99 con los consecuentes 5 años de declaración jurada
el cese ficto es para los casos que no se haya dado la baja es decir que en el sicam figuren hasta la actualidad

 #3448  por laurab
 
nani escribió:maria, si te figura la baja en sicam al 99, no podés no declararlo estén pagos o no, si no están pagos los renunciás, pero la fecha de baja es al 99 con los consecuentes 5 años de declaración jurada
el cese ficto es para los casos que no se haya dado la baja es decir que en el sicam figuren hasta la actualidad
Comparto con nani: 5 años de DDJJ, salvo que sea monotributista no aportante, o sea, que no haya apotado al régimen: entonces sí, creo que es el único caso en que, aún teniendo baja en el 99 podrías aplicarle 7 años de DDJJ. (Te tendría que fijurar en la parte de datos personales, en sicam, donde dice actividad, en lugar de 10 es 11). Suerte!