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  • AFJP O REPARTO?????

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #33475  por PATITO
 
Deseo hacer la siguiente consulta, tengo una sra con 65 años, que trabaja en relac de dep, le compre con 24476 del 61 al 71, y tiene relac de dep del 91 a la fecha , con un saldo de $ 12.000 en la cta de AFJP. Le conviene pasarce al estado?????? o quedarse en afjp????alguien me da una nocion de como hago el cálculo??. :shock: gracias

 #33476  por marizza
 
ME PARECE QUE SI LA VAS A JUBILAR NO ES NECESARIO QUE EJERZA LA OPCION PORQUE SI SIGUE TRABAJANDO VA A UN FONDO (AL ESTADO).Y SI NO LAS A JUBILAR ME PARECE CONVENIENTE QUE PASE A REPARTO.SUERTE

 #33497  por Dra. E.
 
si no ejerce el derecho de opción, el 10 de julio pasa automáticamente al sistema de reparto. Si en cambio ejerce el derecho de opción para volver al sist de reparto antes del 10 de éste mes, el traspaso se hará efectivo recién en enero de 2008, por lo tanto a mi criterio lo más conveniente es no hacerlo, y despues del 10 iniciar la jubilación por anses ( o iniciarla más adelante si es lo que prefiere, pero esperar el traspaso automático que es más rápido).

 #33794  por jez
 
A mi me confunde el 30 bis 26.222 y el 4 del decreto 313/07 reglamentario
no entiendo porque el 30 bis dice quelos hopmbres mayore de 55 y mujeres mayores de 50 que esten en afjp pasan directo al Estado, salvo opcion,
y despues el art .4 del decreto dice que no pueden ejercer la opcion los que hayan cumplido 55 para los hombres y 50 para las mujeres
NO entiendo entonces si pueden o no optar,
y es antes del 10 de julio??