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  • C.C.T. DE COSTURERA EN FABRICA DE SILLONES

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 #338082  por Catita_1
 
El Tribunal me intima a que denuncie, fecha de mejor y/o ultimo salario percibido segun C.C.T.
Mi clienta se dedicaba a la confeccion de almohadones en una fabrica de de sillones, como oficial costurera).
En un Acta de Mnisterio de trabajo figura el convenio de los madereros, conste que esa acta no esta presntada en el exp., pero para mi es textil. Pero leyendo esta ultima me trae dudas.
Gracias.
 #338116  por SALINASPAU
 
En caso de duda, se estara a la norma mas beneficiosa al trabajador. El tema es que esa acta en el ministerio te puede complicar el encuadre.-
LCT
Art. 9° — El principio de la norma más favorable para el trabajador.

En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose la norma o conjuntos de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo.

Si la duda recayese en la interpretación o alcance de la ley, o en apreciación de la prueba en los casos concretos, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador.

(Artículo sustituido por art. 1º de la Ley Nº 26.428 B.O. 26/12/2008)
 #338172  por Catita_1
 
Lo que pasa es que para mi no encuadra en madereros.
De todas formas sigo leyendo, gracias Salinas.