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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #33688  por pasvil89
 
Necesito asesoramiento:
El 14 de Mayo comenzó a trabajar una empleada doméstica en mi casa el arreglo fue Lunes, Miércoles y Viernes de 10 a 17 hs con un sueldo de $ 300 al mes y con Viáticos $ 20 mensuales. Trabajo hasta el día 1 de Junio (8 días) El viernes 1 de Julio la encontré robando (había escondido cosas para luego llevarse) cuando la enfrenté, le comente que para su desgracia tenía todo bien registrado lo que tengo en respuesta a su dicho que Yo tenía varias cosas y no me daba cuenta si me faltaba o no algo.
Cuando se retiraba le hice un recibo para que firmara por $ 150 la mitad del mes. Además de no querer firmarlo me dijo que prefería cobrar el 14 de Junio cuando se cumpliera el mes. El fin de semana 2 y 3 de Junio me dedique a revisar toda la casa y me faltaban varias cosas por lo tanto el Lunes 4 de Junio le dije que no viniera hasta que me devolviera todos lo que se había llevado y le pagaría lo trabajado. Ahora me llama una abogada diciendo que le debo 550 pesos más los honorarios de ella que son 150 pesos por los días trabajados a 7 pesos la hora. Si no le pago eso dice que me demandará. Yo hice la denuncia policial cuando la saque de casa por hurto. ¿Que tengo que hacer? Cae de maduro que nunca contrataría una persona por tantos días y horas a 7 pesos la hora. De por si la contrate porque sufro de Fibromialgia y no puedo realizar varias tareas...No se puede hacer nada con estas personas que se dedican a esto, roban y para colmo despúes nos quieren sacar más plata?????
 #33689  por jimena
 
pasvil89 escribió:Necesito asesoramiento:
El 14 de Mayo comenzó a trabajar una empleada doméstica en mi casa el arreglo fue Lunes, Miércoles y Viernes de 10 a 17 hs con un sueldo de $ 300 al mes y con Viáticos $ 20 mensuales. Trabajo hasta el día 1 de Junio (8 días) El viernes 1 de Julio la encontré robando (había escondido cosas para luego llevarse) cuando la enfrenté, le comente que para su desgracia tenía todo bien registrado lo que tengo en respuesta a su dicho que Yo tenía varias cosas y no me daba cuenta si me faltaba o no algo.
Cuando se retiraba le hice un recibo para que firmara por $ 150 la mitad del mes. Además de no querer firmarlo me dijo que prefería cobrar el 14 de Junio cuando se cumpliera el mes. El fin de semana 2 y 3 de Junio me dedique a revisar toda la casa y me faltaban varias cosas por lo tanto el Lunes 4 de Junio le dije que no viniera hasta que me devolviera todos lo que se había llevado y le pagaría lo trabajado. Ahora me llama una abogada diciendo que le debo 550 pesos más los honorarios de ella que son 150 pesos por los días trabajados a 7 pesos la hora. Si no le pago eso dice que me demandará. Yo hice la denuncia policial cuando la saque de casa por hurto. ¿Que tengo que hacer? Cae de maduro que nunca contrataría una persona por tantos días y horas a 7 pesos la hora. De por si la contrate porque sufro de Fibromialgia y no puedo realizar varias tareas...No se puede hacer nada con estas personas que se dedican a esto, roban y para colmo despúes nos quieren sacar más plata?????
mandale ya! una CD despidiendola y pone a su disposicion la plata trabajada y q te firme el recibo, pq antes de los 90 dias de iniciada la relacion podes despedirla sin preaviso y no le corresponde indemnizacion. pero no hagas mencion al hurto en la cd para q despues no busque artilugios-.

 #33789  por GU
 
Yo optaria por otra solucion.

En primer lugar, al ser las tareas prestadas servicio domestico, no corresponde la aplicacion de la ley de contrato de trabajo.

Segun lo que decis, esta persona trabajaba lunes, miercoles y viernes. Ello implica tres jornadas semanales. Por ello, tampoco se encuentra dicha actividad regulada por el regimen del servicio domestico, conforme decreto 326/56:

Artículo 1°. El presente decreto ley regirá en todo el territorio de la Nación las relaciones de trabajo que los empleados de ambos sexos presten dentro de la vida doméstica y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, no siendo tampoco de aplicación para quienes presten sus servicios por tiempo inferior a un mes, trabajen menos de cuatro horas por día o lo hagan por menos de cuatro días a la semana para el mismo empleador.

Mi recomendación: Sentate y espera. Si te llega un telegrama reclamandote algo... contesta que la vinculación es una locacion de servicios, por lo que no procede un despido. No corresponde el pago de indemnizacion alguna. Yo no le pagaria un peso.

Salutes
 #33791  por jimena
 
pasvil89 escribió:Necesito asesoramiento:
El 14 de Mayo comenzó a trabajar una empleada doméstica en mi casa el arreglo fue Lunes, Miércoles y Viernes de 10 a 17 hs con un sueldo de $ 300 al mes y con Viáticos $ 20 mensuales. Trabajo hasta el día 1 de Junio (8 días) El viernes 1 de Julio la encontré robando (había escondido cosas para luego llevarse) cuando la enfrenté, le comente que para su desgracia tenía todo bien registrado lo que tengo en respuesta a su dicho que Yo tenía varias cosas y no me daba cuenta si me faltaba o no algo.
Cuando se retiraba le hice un recibo para que firmara por $ 150 la mitad del mes. Además de no querer firmarlo me dijo que prefería cobrar el 14 de Junio cuando se cumpliera el mes. El fin de semana 2 y 3 de Junio me dedique a revisar toda la casa y me faltaban varias cosas por lo tanto el Lunes 4 de Junio le dije que no viniera hasta que me devolviera todos lo que se había llevado y le pagaría lo trabajado. Ahora me llama una abogada diciendo que le debo 550 pesos más los honorarios de ella que son 150 pesos por los días trabajados a 7 pesos la hora. Si no le pago eso dice que me demandará. Yo hice la denuncia policial cuando la saque de casa por hurto. ¿Que tengo que hacer? Cae de maduro que nunca contrataría una persona por tantos días y horas a 7 pesos la hora. De por si la contrate porque sufro de Fibromialgia y no puedo realizar varias tareas...No se puede hacer nada con estas personas que se dedican a esto, roban y para colmo despúes nos quieren sacar más plata?????
si hiciste los tramites como empleada domestica, segun decis la tenias en regla! no podes decir q no era una locacion de servicios!
Te lo digo pq yo tuve varias causas en contra. Y el tribunal de serv dom. en cap. es pro empleada. Si bien no se rige por la LCT obviamente!!, si tienen indemnizacion reducida.
Despedila antes de los 90 dias, para no pagar la indemnizacion (q igualmente es muy baja.) es paralelo a lo q en laboral seria el periodo de prueba. Cualquier duda entra en la pagina del mterio de trabajo
http://www.trabajo.gov.ar
 #33792  por jimena
 
pasvil89 escribió:Necesito asesoramiento:
El 14 de Mayo comenzó a trabajar una empleada doméstica en mi casa el arreglo fue Lunes, Miércoles y Viernes de 10 a 17 hs con un sueldo de $ 300 al mes y con Viáticos $ 20 mensuales. Trabajo hasta el día 1 de Junio (8 días) El viernes 1 de Julio la encontré robando (había escondido cosas para luego llevarse) cuando la enfrenté, le comente que para su desgracia tenía todo bien registrado lo que tengo en respuesta a su dicho que Yo tenía varias cosas y no me daba cuenta si me faltaba o no algo.
Cuando se retiraba le hice un recibo para que firmara por $ 150 la mitad del mes. Además de no querer firmarlo me dijo que prefería cobrar el 14 de Junio cuando se cumpliera el mes. El fin de semana 2 y 3 de Junio me dedique a revisar toda la casa y me faltaban varias cosas por lo tanto el Lunes 4 de Junio le dije que no viniera hasta que me devolviera todos lo que se había llevado y le pagaría lo trabajado. Ahora me llama una abogada diciendo que le debo 550 pesos más los honorarios de ella que son 150 pesos por los días trabajados a 7 pesos la hora. Si no le pago eso dice que me demandará. Yo hice la denuncia policial cuando la saque de casa por hurto. ¿Que tengo que hacer? Cae de maduro que nunca contrataría una persona por tantos días y horas a 7 pesos la hora. De por si la contrate porque sufro de Fibromialgia y no puedo realizar varias tareas...No se puede hacer nada con estas personas que se dedican a esto, roban y para colmo despúes nos quieren sacar más plata?????
si hiciste los tramites como empleada domestica, segun decis la tenias en regla! no podes decir q era una locacion de servicios!
Te lo digo pq yo tuve varias causas en contra. Y el tribunal de serv dom. en cap. es pro empleada. Si bien no se rige por la LCT obviamente!!, si tienen indemnizacion reducida.
Despedila antes de los 90 dias, para no pagar la indemnizacion (q igualmente es muy baja.) es paralelo a lo q en laboral seria el periodo de prueba. Cualquier duda entra en la pagina del mterio de trabajo
http://www.trabajo.gov.ar
 #33795  por jimena
 
Para que veas como funciona la relacion, y que sí tienen indemnizacion, pero una vez pasados los 90 dias., aunque sólo son estas y no entran las demas laborales. Esto lo saque de la pag. del ministerio q te mande antes.

TRIBUNAL DEL SERVICIO DOMESTICO


El Tribunal del Servicio Doméstico funciona como primera instancia entre el empleador y su empleado y su competencia comprende al servicio doméstico que se desempeñe en domicilios de la ciudad de Buenos Aires o se hayan firmado contrato en esa área.

Atención al público
25 de mayo 637, de lunes a viernes de 9.00 a 13.00


Servicios que presta el personal doméstico
Realiza actividades en la residencia del empleador ejerciendo labores relacionadas con las funciones propias del hogar, la cual está reglamentada por el Decreto Ley N° 326/56.

Aguinaldo —SAC— e indemnización por despido
Se calcula teniendo en cuenta un mes de sueldo complementario por cada año de servicio o la parte proporcional del mismo conforme a lo establecido en los Arts. 45 y 46 del Decreto Ley N°33.302/45 (1), ratificado por la Ley N°12.921(2)
Si el empleado tiene una antigüedad mayor a un año de servicios continuados, se le abonará una indemnización por despido equivalente a medio mes del sueldo convenido (en dinero) por cada año de servicio o fracción superior a 3 meses.

Preaviso
Una vez iniciado el contrato de trabajo, después de los 90 días, éste no podrá ser disuelto por voluntad de ninguna de las partes sin previo aviso dado con cinco días de anticipación, si la antigüedad del empleado fuera inferior a dos años y diez cuando fuere mayor.
En las indemnizaciones por falta de preaviso y despido y por otorgamiento del descanso anual, se reconoce una antigüedad de hasta cinco años en la prestación de servicios anteriores a la vigencia del presente decreto-ley."

Edad mínima para ser contratado como empleado en el servicio doméstico
No podrán ser contratados como empleados en el servicio doméstico los menores de 14 años.

Descanso
Tienen descanso anual.
1) diez días hábiles, si la antigüedad fuera superior a un año y no exceda de cinco años;
2) quince días hábiles, si la antigüedad fuera superior a cinco años y no exceda de diez;
3) veinte días hábiles, si la antigüedad fuera superior a diez año.
Horas diarias de descanso.
Reposo diario nocturno de 9 horas.
Descanso diario de 3 horas entre sus tareas matutinas y vespertinas.
Horas semanales de descanso.
Dos medios días por semana, a partir de las quince horas o, en su defecto, un día completo.

Licencia por enfermedad y por matrimonio
Por enfermedad le corresponde licencia paga de hasta treinta días en el año, a contar de la fecha de su ingreso; con respecto al matrimonio el Decreto Ley N° 326/56 no hace referencia a licencia.

 #33828  por GU
 
Insisto... es una locacion de servicios.

Para ser servicio domestico tiene que trabajar 4 días por semana. De esto... no hay dudas.

Salutes

 #33830  por jimena
 
GU escribió:Insisto... es una locacion de servicios.

Para ser servicio domestico tiene que trabajar 4 días por semana. De esto... no hay dudas.

Salutes
No es locacion porque ya la registro!. No puede ir contra sus propios actos. De todas maneras no le corresponde ni la reducida indemn. ni nada si la despide ahora. No pierde nada y se saca un tema de encima. Esa mejor estar seguro y no pagar q dejarlo en el aire. Será que siempre hago parte actora.
Y estuve como demandada por esto, y siempre inventan mas horas, mas dias etc. y en caso de duda... ademas siempre aparce algun testigo falso, etc. es lo q esta gente hace normalmente. para que complicarse la vida dejandolo sin resolver, pudiendo cortar el tema de una y en orma eficaz. Pero bueno, gracias a las cosas no cerradas los demas abogados vivimos!

 #33834  por Ishtar
 
Yo optaria por otra solucion.

En primer lugar, al ser las tareas prestadas servicio domestico, no corresponde la aplicacion de la ley de contrato de trabajo.

Segun lo que decis, esta persona trabajaba lunes, miercoles y viernes. Ello implica tres jornadas semanales. Por ello, tampoco se encuentra dicha actividad regulada por el regimen del servicio domestico, conforme decreto 326/56:

Artículo 1°. El presente decreto ley regirá en todo el territorio de la Nación las relaciones de trabajo que los empleados de ambos sexos presten dentro de la vida doméstica y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, no siendo tampoco de aplicación para quienes presten sus servicios por tiempo inferior a un mes, trabajen menos de cuatro horas por día o lo hagan por menos de cuatro días a la semana para el mismo empleador.

Mi recomendación: Sentate y espera. Si te llega un telegrama reclamandote algo... contesta que la vinculación es una locacion de servicios, por lo que no procede un despido. No corresponde el pago de indemnizacion alguna. Yo no le pagaria un peso.
Insisto... es una locacion de servicios.

Para ser servicio domestico tiene que trabajar 4 días por semana. De esto... no hay dudas.
Pasvil 89: coincido totalmente con lo que te aconseja Gu, para mí está perfecto, si fuera un caso mío haría exactamente lo que el te pone que lo he resaltado con rojo.
Saludos.

 #33844  por GU
 
Jime:

Del post yo entiendo que no la registró. Cuando habla de "registrado" se refiere a las cosas / objetos.

Al no haber registracion no hay ningun acto propio que se contradice.

Por ultimo, si le envias un telegrama de despido, vas a tener que abonarles los haberes correspondientes a mayo, junio y el mes en curso, descanso anual y aguinaldo proporcionales ya que no tenes ningun recibo firmado.

Ademas estas reconociendo una relacion laboral que no existe, no pudiendo despues utilizar este argumento ante un reclamo emergente de esta.

No es una cuestion de dejar las cosas inconclusas... la solucion que popongo es la que entiendo que corresponde.

Saludos.

 #33918  por ramon
 
Disculpen que me entrometa en el tema, tengo entendido que en locacion de s°, tendria que estar inscripta en monot. y dar recibo de cobro al empleador, que en este caso no lo tiene, como probar entonces que estaba como locacion de s°. si me equivoco mil disculpas.
 #34098  por pasvil89
 
jimena escribió:
pasvil89 escribió:Necesito asesoramiento:
El 14 de Mayo comenzó a trabajar una empleada doméstica en mi casa el arreglo fue Lunes, Miércoles y Viernes de 10 a 17 hs con un sueldo de $ 300 al mes y con Viáticos $ 20 mensuales. Trabajo hasta el día 1 de Junio (8 días) El viernes 1 de Julio la encontré robando (había escondido cosas para luego llevarse) cuando la enfrenté, le comente que para su desgracia tenía todo bien registrado lo que tengo en respuesta a su dicho que Yo tenía varias cosas y no me daba cuenta si me faltaba o no algo.
Cuando se retiraba le hice un recibo para que firmara por $ 150 la mitad del mes. Además de no querer firmarlo me dijo que prefería cobrar el 14 de Junio cuando se cumpliera el mes. El fin de semana 2 y 3 de Junio me dedique a revisar toda la casa y me faltaban varias cosas por lo tanto el Lunes 4 de Junio le dije que no viniera hasta que me devolviera todos lo que se había llevado y le pagaría lo trabajado. Ahora me llama una abogada diciendo que le debo 550 pesos más los honorarios de ella que son 150 pesos por los días trabajados a 7 pesos la hora. Si no le pago eso dice que me demandará. Yo hice la denuncia policial cuando la saque de casa por hurto. ¿Que tengo que hacer? Cae de maduro que nunca contrataría una persona por tantos días y horas a 7 pesos la hora. De por si la contrate porque sufro de Fibromialgia y no puedo realizar varias tareas...No se puede hacer nada con estas personas que se dedican a esto, roban y para colmo despúes nos quieren sacar más plata?????
si hiciste los tramites como empleada domestica, segun decis la tenias en regla! no podes decir q no era una locacion de servicios!
Te lo digo pq yo tuve varias causas en contra. Y el tribunal de serv dom. en cap. es pro empleada. Si bien no se rige por la LCT obviamente!!, si tienen indemnizacion reducida.
Despedila antes de los 90 dias, para no pagar la indemnizacion (q igualmente es muy baja.) es paralelo a lo q en laboral seria el periodo de prueba. Cualquier duda entra en la pagina del mterio de trabajo
http://www.trabajo.gov.ar
Yo no hice ningún tramite además solo hacía poco que trabajaba.

 #34105  por pasvil89
 
GU escribió:Jime:

Del post yo entiendo que no la registró. Cuando habla de "registrado" se refiere a las cosas / objetos.

Al no haber registracion no hay ningun acto propio que se contradice.

Por ultimo, si le envias un telegrama de despido, vas a tener que abonarles los haberes correspondientes a mayo, junio y el mes en curso, descanso anual y aguinaldo proporcionales ya que no tenes ningun recibo firmado.

Ademas estas reconociendo una relacion laboral que no existe, no pudiendo despues utilizar este argumento ante un reclamo emergente de esta.

No es una cuestion de dejar las cosas inconclusas... la solucion que popongo es la que entiendo que corresponde.

Saludos.
Así es me refiero a que tenía todas mis pertenencias registradas y se que tengo y que no en mi casa.
Por otro lado me compre la ley ahora y lei lo que dice sobre los días semanales, que son 4 (pero ella trabajaba solo 3 días semanales)
¿Entonces el tema es un apriete, para que le pague 550 pesos más 150 pesos que quiere su abogada para ella?
No puede hacer nada? o si puede hacer?
Si me demanda un Juez le puede creer semejante barbaridad que puedo tener tanta plata como para en vez de tomar por ese importe una persona con cama o retiro todos los días (si por medio mes son 550 pesos entonces su sueldo era 1100 pesos mensual) la voy a tomar 3 veces por semana pagandole $7 la hora???????
Si le tengo que pagar $ 7 la hora no la tomo tantas horas y tantos días.
Además me la había recomendado la empleada de una vecina y le dije cual era el sueldo, antes que le diera mi teléfono.

re

 #34143  por jimena
 
Entendi q la tenia registrada!!
entonces si q no pague.