Hola a todos, soy recién recibido y tengo minima experiencia en jubilaciones. La pregunta es: mi clienta no tenía plata y no abonó la primera cuota de la moratoria, que hago? le digo que la pague vencida...SOS por favor
Hola Ladio, aqui encontre la solucion a tu problema:
El pago fuera de término de alguna cuota, generará intereses resarcitorios. Su cancelación se efectuará mediante depósito en cualquiera de las instituciones bancarias habilitadas y con la utilización del citado formulario F. 799/E, en el cual se consignarán los siguientes códigos:
* Rubro I - "Imputación del Pago" - 127
* Rubro II - "Concepto" - 041
* Rubro III - "Subconcepto" - 051