Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ejecución de honorarios

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #341413  por Alejandra Radua
 
En un juicio de expensas, en una audiencia de conciliación en el juzgado se convino un plan de pagos. En el acuerdo se establecieron mis honorarios en $ 500, pagaderos el 30/03.-El abogado de la demandada, se ofreció a que el día 30/03 él me los vendría a abonar a mi estudio. Lo llamo a la semana, pensando que se había olvidado y me dice que su clienta estaba en Santa Fe por problemas fliares y que regresaba esa semana. Siguen pasando los días y nada. Ya lo llamé un montón de veces y siempre el mismo cantito "dra. quédese tranquila que esta semana le alcanzo los honorarios". Qué me aconsejan? Ejecuto los honorarios ahora ó espero un poco más?
 #341417  por docthos
 
son todos duros de largar un mango!!! :x :x , para mi espera 10 dias mas despues ejecuta ya fue con eso comes
 #341452  por Alejandra Radua
 
Gracias docthos. Lo que más me molesta es que el colega cuando lo llamo me dice "quédese tranquila doc, esta semana se lo alcanzo".
Voy a solicitar la ejecución y el embargo del bien, ya que tengo todos los datos del embargo por la deuda de las expensas.
Presento directamente en el expte el escrito solicitando la ejecución?
 #341625  por docthos
 
en los juzgados que conozco arman incidente, al menos en los ejecutovos en los que intervine fue asi; pregunta de ultima el criterio del juzgado, suerte!!
 #341669  por diegus
 
Buenas. Tengo un par de consultas por un tema de ejecución de honorarios regulados a un perito en Pcia de Bs. As.:

. A dónde notifico la regulación de honorarios? (regulados por proveido aparte, no en la sentencia) Dom. real/legal, o constituido?

- Y si inicio la ejecución de honorarios, misma cuestión: en qué domicilio corresponde notificarla?

. Por otra parte, en pcia de bs as el perito puede exigir el 100 % de los honorarios a cualquiera de las partes... Ahora bien: es necesario primero ejecutar al vencido, o puedo ir contra el vencedor directamente? (si me es conveniente por ser más solvente)

Muchas gracias; aguardo ansioso sus respuestas

Diegus