Hola a todos. Les hago una consulta. Vino un empleador, al cual un trabajador con edad de jubilarse le envio un telegrama solicitandole la certificacion de servicios.- Ahora le contesto el telegrama, poniendo los certificados a su disposicion? o lo intimo a q comience los tramites poniendo a su disposicion los certificados? Como seria la redacccion? Gracias a todos.- Saludos
Hola Gala, espero te sirva de ayuda, besos!
Teniendo en cuenta que el día ....... de .... de 200. Ud. reunirá el requisito de la edad necesaria para obtener una de las prestaciones jubilatorias de la Ley 24.241, le intimamos a que a partir de dicha fecha inicie los trámites pertinentes a efectos de obtener el beneficio. A los fines de la realización de los mencionados trámites, ponemos a su disposición el Certificado de Servicios correspondiente y toda otra documentación que resulte necesaria y deba surgir de datos que pueda otorgar la empresa. Asímismo le informamos que en cumplimiento de lo establecido por el artículo 252 de L.C.T., mantendremos la relación laboral hasta que sea otorgado el beneficio, con un plazo máximo de un año contando desde el día ....... de ... de 200.. En consecuencia, una vez concedido el beneficio o vencido dicho plazo, consideramos extinguida la relación laboral.Esta notificación será considerada como el preaviso legal. Saludo a Ud. muy atentamente.