HOLA A TODOS LOS LECTORES! UN CLIENTE DEL ESTUDIO VINO A CONSULTAR POR UN PROBLEMA LABORAL (TIENE ATAQUES DE PANICO DEBIDO AL ACOSO LABORAL) SUS MÉDICOS LE DIERON LICENCIA POR UN MES, AUNQUE LOS MEDICOS DE LA EMPRESA LE DIERON EL ALTA.
ELLA ENVIA TELEGRAMA COMUNICANDO AUSENCIA Y PONIENDO A DISPOSICION LOS CERTIFICADOS, NUNCA SE LOS QUIEREN RECIBIR Y NIEGAN TODO.
AHORA ENVIAMOS TELEGRAMAS INTIMANDO A DEPONER ACTITUD BAJA APERCIBIMIENTO DE CONSIDERARSE INJURIADA Y DESPEDIDA.
MI DUDA ES ¿DESDE CUANDO SE PUEDE CONSIDERAR DESPEDIDA?
¿COMO SIGO?
ELLA ENVIA TELEGRAMA COMUNICANDO AUSENCIA Y PONIENDO A DISPOSICION LOS CERTIFICADOS, NUNCA SE LOS QUIEREN RECIBIR Y NIEGAN TODO.
AHORA ENVIAMOS TELEGRAMAS INTIMANDO A DEPONER ACTITUD BAJA APERCIBIMIENTO DE CONSIDERARSE INJURIADA Y DESPEDIDA.
MI DUDA ES ¿DESDE CUANDO SE PUEDE CONSIDERAR DESPEDIDA?
¿COMO SIGO?
LOS LIBROS HACEN LIBRES A LOS HOMBRES