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  • inspeccion sin habilitacion

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #340598  por yolola
 
hola debo efectuar un descargo, puesto q le levantaron un acta de inspeccion en un comercio que no tenia la habilitacion correspondiente y ademas con cumplia con las exigencias minimas para que sea otorgada.
el comercio esta en funcionamiento y se encuadra en el área de salud.
Mi pregunta es reconozco las deficiencias y alego que estan en etapa de cumplimiento, porque la mayoria son exigencias de construccion que estan haciendose..., o desconozco todo?
Para poder cumplimentar con todas las exigencias se debe hacer una inversion bastante grande q en este momento le esta costando mas de lo normal, pero mi cliente esta dispuesto a cumplimentar con todas las exigencias solo que necesita tiempo como hago el descargo?
 #340963  por Advocatus
 
Si no le hicieron Acta de Infracción, solicita plazo razonables para adecuar las instalaciones al rubro explotado, hace incapié en que darán pronta atención preferencial a las normas de bramatología e higiene aplicables a la actividad desempeñada.
 #341154  por yolola
 
es que el acta se lo levantaron!! no solo por no tener la habilitacion sino detallando las falencias del lugar
 #342792  por Advocatus
 
Le queda la posibilidad de entrevistarse con el Juez de Faltas y solicitar un plazo para regularizar. Tene en cuenta siempre que es importante el tema de bromatología e higiene cuando el rubro implica alimentos. Con las falencias formales de otro tipo pueden ser indulgentes, pero cuando se trata de potenciales riesgos para la salud del consumidor, son -y es natural- más restricitivos.
 #343154  por aleuba76
 
Hola.
Lamento decirte que salvo que resulte lo propuesto por el colega Advocatus, tu cliente no tiene mucho margen para negociar.
CODIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES DE LA CIUDAD AUTONIMA DE BUENOS AIRES
2.1.9 Cuando se compruebe que una actividad funciona, sin haber gestionado la correspondiente habilitación, en tanto se verifique que se trata de un Uso Conforme en cuanto a su emplazamiento y que sus condiciones generales en materia de higiene, seguridad y moralidad resultan satisfactorias, aunque el local no reúna la plenitud de las exigencias reglamentarias se le concederá a su titular un plazo de quince (15) días para que regularice la situación, vencido el cual, en caso de que el interesado no acredite haber iniciado el trámite de
habilitación respectivo, se dispondrá la inmediata clausura del establecimiento.
En el supuesto contrario o sea, si la actividad constituyera un Uso Conforme en cuanto a su ubicación y no reuniera las aceptables condiciones de higiene, seguridad y moralidad, se dispondrá sin más trámite su inmediata clausura.
Las actividades sujetas al régimen del Art. 2.1.8 (Habilitación previa), no están comprendidas en los alcances del presente artículo y no podrán funcionar hasta tanto no cuenten con la habilitación acordada y el Certificado de habilitación pertinente, bajo apercibimiento de disponerse su inmediata clausura.
Espero que lo puedas solucionar!
Saludos
Ale
Ale