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Hola, pense que estabas aplicando la ley 24.476 por eso te dije que podias compar hasta el 09/93.
Creo que estamos haciendo una confusion total.
Si queres hacer la liquidacion ley 25.994 art.6to la podes hacer y si le podes comprar periodos hasta el 2003 como vos decis, pero los
beneficios del art.3 solo se pueden aplicar hasta el 31.09.93
Yo creo que haciendo el sicam hasta el 94 la cuota te va a dar mas alta que si la haces de la otra forma. Estudia cual te conviene mas.
De todos modos si te sale mas baja la liquidacion de laurab, el periodo del 93 al 94 YO CREO, no estoy seguro que se deberia poner en sicam 1 porque en sicam 2 se ponen los periodos anteriores.Suerte