Hola a todos. A ver quien me ayuda please.
Redacté una contestación de demanda por honorarios de un administrador de consorcio (yo estoy por el consorcio) donde no se negaban los hechos pero si cierta interpretación de los mismos (fecha desde que currian los intereses y cuales se aplicaban). Al momento de ir con la nueva administración del consorcio me entero que llegaron a un acuerdo con el anterior administrador, en base a una liquidación que yo les acerqué. En principio se desiste de la acción y el derecho, pero la contestación que hice no se presenta.
Cuanto debería cobrar por mi intervención (liquidación en base a la cual arreglaron con el demandante y contestación de demanda no presentada)? Aplico la ley 8904, inc. 4 del Punto II- Honorarios mínimos por la labor extrajudicial o el punto 10?
Desde ya agradezco a quien me pueda ayudar.
atte. hakki72
Redacté una contestación de demanda por honorarios de un administrador de consorcio (yo estoy por el consorcio) donde no se negaban los hechos pero si cierta interpretación de los mismos (fecha desde que currian los intereses y cuales se aplicaban). Al momento de ir con la nueva administración del consorcio me entero que llegaron a un acuerdo con el anterior administrador, en base a una liquidación que yo les acerqué. En principio se desiste de la acción y el derecho, pero la contestación que hice no se presenta.
Cuanto debería cobrar por mi intervención (liquidación en base a la cual arreglaron con el demandante y contestación de demanda no presentada)? Aplico la ley 8904, inc. 4 del Punto II- Honorarios mínimos por la labor extrajudicial o el punto 10?
Desde ya agradezco a quien me pueda ayudar.
atte. hakki72