Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • ejecucion de alimentos - oponer excepciones

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #346151  por juslibra
 
Hola colegas !
espero que alguien me pueda orientar un poco. les cuento.
mi cliente, a fines del 2008 fue a audiencia de avenimiento por alimentos, en la cual se fijo una suma fija de $ 500 que le pasaria a su hijo ( mal asesorado) porque el en ese momento no tenia trabajo.
ahora que consiguio trabajo, solicitamos otra audiencia para ofrecer un 25 % de sus haberes mas asignaciones, etc. a su hijo. el tema que ese 25% que ofrece es menos de $500 que estaba fijado en el acuerdo anterior.
la mujer no aceptó el acuerdo, pero igual dejamos acentado que el sr abonaria el 25 % de sus haberes.
como hago para evitar que lo ejecuten ?......el 25% serian $ 350 aprox.
en caso de que iniciaran la ejecucion puedo oponer alguna excepción ? que puedo hacer ?.
espero alguien me ayude. saludos.
 #346359  por docthos
 
las unicas que te da la ley en el juicio d elaimentos es la falta de derecho o titulo de quien lo pide en el caso no se cumple, ahora bien tene en cuenta lo siguiente que podes iniciar incidente de fijacion de cuota, el tema es que si te inicio un alimento, en un periodo dado fijaron esa suma fija, ahora saca el porcentaje que seria de su sueldo entonces manifesta que se torna gravoso para tu cliente acredita gastos, entonces se puede ver la posibilidad de la reduccion, para ejecutar tienen que autorizar embargo y comunicarlo al empleador asi que tarda eso, aprovecha el tiempo pedi audiencia plantealo, no esperes la decision de la madre te lo digo por experiencia, los que representeamos alimentantes contamos con la desventaja que en materia de alimentos el 99% de las veces condenan en costas al alimentante entonces van a todo o nada, saludos
 #346400  por SALINASPAU
 
Urgente tenes que presentar incidente de reduccion de cuota alimentaria. Por ante el mismo tribunal que la fijo. Si te sale a favor, no habra deuda, que te puedan reclamar desde la interposicion de la demanda, ahora si no hace nada, sino no presentas el incidente, te van a ejecutar por la cuota vigente.
suerte
 #346736  por juslibra
 
gracias por sus respuestas !!.
Hoy averigue en el juzgado y el acuerdo que se hizo en noviembre del 2008, de los $ 500 recien fue homologado el 18 de febrero del 2009.
mi pregunta es : lo ejecutan desde que se homologo el acuerdo o es retroactivo a la fecha en que se realizo el mismo ?
saludos