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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #347586  por valeria0407
 
Hola colegas queria hacer la siguente consulta .
Vino una persona que trabaja en servicio domestico en blanco. esta desconforme porqeu la tratan mal para que renuncie .
se que tiene un reglamento especial el cual lei pero no dice mucho. puede considerarse despedida ??? entiendo que si pero no se como armar el reclamo sin irme por la LCT.
en caso de despido inicio demanda en fuero laboral pero cual es el procedimiento ??? el de la ley de procedimiento laboral de la provincia ??? ( aclaro que trabaja en Pcia de Buenos Aires)
parece basico pero nunca me toco y no quiero meter la pata.
Gracias !!!
 #347609  por tuqui
 
Hola mira siempre que hay un convenio se utiliza el convenio y todo lo que este, deje para que se aplique la LCT se aplica ésta. Aca en posadas - misiones podes recurrir a la dirección de trabajo para llegar a un arreglo, no es obligatorio, o podes iniciar la demanda laboral directamente. Ahora la pregunta es podría la Sra enviar un telegrama pidiendo que las personas se abstengan de agredirla por ejemplo, habría que ver si entraría en el mobbing, el caso del mobbing es que es dificil probarlo. No se si te ayude mucho, trata de ller sobre el mobbing a ver si eso te ayuda suerte.
 #347616  por KELYNA
 
valeria0407 escribió:Hola colegas queria hacer la siguente consulta .
Vino una persona que trabaja en servicio domestico en blanco. esta desconforme porqeu la tratan mal para que renuncie .
se que tiene un reglamento especial el cual lei pero no dice mucho. puede considerarse despedida ??? entiendo que si pero no se como armar el reclamo sin irme por la LCT.
en caso de despido inicio demanda en fuero laboral pero cual es el procedimiento ??? el de la ley de procedimiento laboral de la provincia ??? ( aclaro que trabaja en Pcia de Buenos Aires)
parece basico pero nunca me toco y no quiero meter la pata.
Gracias !!!

Valeria, (al trabajar como domestica y en blanco, el reclamo lo vas a fundamentar en la aplicación del estatuto de servicio domestico. Lo unico que al ser el domicilio laboral en prov de Bs As, la demanda se inicia en los Tribunales laborales de provincia de buenos aires y se aplica el procedimiento laboral ley 11653.-