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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #346888  por JSL
 
Tengo que notificar por cedulas, pero hay ciertas cosas de las nuevas cedulas que me confunden.
(Es la primera vez que las completo)

Imagen

Tendria dificultades con la seccion marcada con color rojo :roll:

Aca van las preguntontas:
Organo seria el departamento judicial?
Y Nº de organo el tribunal de familia en el que esta el expediente?
 #346893  por docthos
 
fuero: familia
organo es el tribunal nº ..... es decir donde esta el expediente
nº de orden esta en la maquina es el de tu izquierda
nº de expediente tb en la maquina -del juzgado no de tu pc :lol: , es el que esta a la derecha
si lleva copias dejas si en ese casillero y cdo dice fojas pones la cantidad de fojas a las que le das traslado
saludos y suerte!!
 #346899  por JSL
 
docthos escribió:nº de expediente tb en la maquina -del juzgado no de tu pc :lol:
Mato la aclaracion! :mrgreen:
O sea que tendria que averiguar el nº de orden antes de llenar la cedula?

Gracias!
 #346900  por JSL
 
Una duda mas... el anteultimo casillero dice "personal" si/no ahi que iria?
 #346938  por docthos
 
eso es cdo es notificacion personal, eso lo rodena el despacho si no dice nada de eso pone no.

El nº de interno y el expediente generalmente lo dejan en blanco lo importante es el fuero y el organo, si lleva o no copias

saludos!
 #347676  por JSL
 
La resolucion dice que acompañe duplicado del formulario para ingreso de datos del demandado, lo tengo que completar yo o lo completa el abogado del demandado cuando asume el patrocinio? :roll:
 #347681  por JSL
 
por eso... acompaño las copias en duplicado en blanco :lol:
 #347684  por JSL
 
Soy cabeza dura pero voy aprendiendo!
Al final me mate aprendiendo toda la teoria en la universidad pero estas pequeñeces no te las explican :shock:

Gracias de nuevo Docthos!
 #347711  por docthos
 
vos solo acompaña lo que tenes que dar traslado, ponele la demanda, eso que dice el despacho es para el otro abogado, que tiene que imprimir y llenar la planilla de demandado, no te hagas problema que te lo explico pero lo aprendi hace poco :lol: , es lamentable que uno estudie tanto para que te frenen con estas cosas!!! burocracia argentina!
 #347807  por JSL
 
En realidad esta en etapa previa, asi que por ahora no se da traslado de la demanda.
Solamente tengo que notificarlo de la audiencia :mrgreen: