Estimado Dr,
Esta es la pregunta:
Para ubicarnos: LEY 20.744 Arts. 208, 213 y 233.
Se despide un día 15 y el empleado se encontraba con licencia paga por accidente hasta el día 29 del mismo mes.
Coinciden en los mismos días la indemnización por integración del mes de despido y el pago del art. 213...
Se le debe pagar por los dos conceptos, o sólo la integración del mes de despido.. que abarcaría el tiempo que falta para el vencimiento del plazo del art. 208?
La indemnización del art. 233 considero que debe ir, es indemnizatorio... el art. 213 me genera dudas. Tal vez exista algún fallo..?
Muchas gracias!
Esta es la pregunta:
Para ubicarnos: LEY 20.744 Arts. 208, 213 y 233.
Se despide un día 15 y el empleado se encontraba con licencia paga por accidente hasta el día 29 del mismo mes.
Coinciden en los mismos días la indemnización por integración del mes de despido y el pago del art. 213...
Se le debe pagar por los dos conceptos, o sólo la integración del mes de despido.. que abarcaría el tiempo que falta para el vencimiento del plazo del art. 208?
La indemnización del art. 233 considero que debe ir, es indemnizatorio... el art. 213 me genera dudas. Tal vez exista algún fallo..?
Muchas gracias!