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  • RETENCION INDEBIDA DE DOCUMENTACION

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 #347989  por raco
 
Hola amigos del foro, les cuento el caso mi cliente compro un automovil en el año 2008, celebrando un contrato privado (boleto d compraventa), entrego un monto cofeccionandose pagares por el restante.
EL tema es que el vendedor le da vueltas para entragarle el 08.
ahora mi cliente quiere venderlo y el futuro comprador lo va a transferir ni bien lo adquiera.
mi cliente a intentado por todos los medios de conseguir el formulario 08, pero el vendedor se lo niega, incluso mi cliente le a ofrecido pagar la deuda una vez entregado el 08, y tampoco hay solución.
mande una CD intimandolo a entregar el formulario en 48 bajo apercibimiento de efectuar denuncia Penal Art 173, inc 2, 11 CP. y acciones civiles por el perjuicio que esto le causa.
no tuve ninguna respuesta.
¿que me queda por hacer?


Gracias
raco
 #347990  por Pandilla
 
Hola raco, no entiendo del tema, pero, si sé que se rige por una Legislación propia. En cuanto al tipo penal de Retención Indebida, use la Herramienta Buscar del Portal, escriba: retención indebida
igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #348055  por luchbet
 
hola una vez que enviaste la CD llevala al registro automotor y denuncia la compra del automotor luego ellos enviaran un CD al titular para que se acerque al registro a firmar el 08, sino ocurriera eso el jefe del registro debe firmarte el 08. este tema es mas del area civil, igual consulta en el post de derecho civil y coloca REGISTRACION AUTOMOTOR, suerte
 #374088  por FERNANDO44
 
Estimo que con la denencia de compra el titular del registro del automotor NO firma el 08, xq estaría lesionando un derecho de propiedad. Ante la negativa a entregar los form 08 hay que intimar y luego ir por el 173 inc 11 CP. Tengan en cuenta que lo primero que hay que ver es el LEGAJO, no sea cosa que el vivo no entrega el 08 xq ya hizo la respectiva deneuncia de venta. Si no se entendío amplío no hay problemas.
 #375044  por luchbet
 
fernando44 leyendo el post dijiste Tengan en cuenta que lo primero que hay que ver es el LEGAJO, no sea cosa que el vivo no entrega el 08 xq ya hizo la respectiva deneuncia de venta. Si no se entendío amplío no hay problemas.LA VERDAD me gustaria que amplies asi podemos aprender GRACIAS
 #379562  por horansilla
 
Es verdad que debe realizar un tramite ante el Registro de la Propiedad Automotor, para ello debes ajustarte a lo dispuesto en el Capitulo V "DENUNCIA DE COMPRA" del DIGESTO DE NORMAS TECNICAS REGISTRALES. En el se explica con claridad el tramite a realizar y se puede interpretar que solo la justicia puede ordenar la transferencia. Pero los pasos a seguir alli estan.
Saludos a todos, Ah, por cierto el digesto lo podes bajar de la web http://www.dnrpa.gov.ar/digesto/digesto.htm