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 #347883  por arceblanca
 
Hola a todos...!!!!!
Queria saber si alguno tiene un modelo de escrito solicitando ampliacion de la indagatoria, y un pedido de cambio de calificacion legal?????Esto es en provincia de Bs. As.
Desde ya Muchisimas gracias a todos, me sera muy util sus aportes...!!!!!
 #347936  por poorlaw
 
SOLICITA AMPLIAR INDAGATORIA
Señor Agente Fiscal a cargo de la UFI...
Fulano, defensor de confianza de Mengano, en la causa..., etc.etc., al Sr. Agente Fiscal respetuosamente digo:
Que mi defendido Mengano solicita ampliar su declaración prestada a fs..., atento a la necesidad de referirse a otros hechos útiles y pertinentes a la causa, conforme lo autoriza el art. 317 del ritual.
Por ello, al Sr. Agente Fiscal solicito que cite a mi defendido Mengano a los fines expuestos.
Provea, etc.

Con respecto al tema de cambio de calificación legal, en principio el Juez solo lo trata si está en juego la libertad del imputado (arg. art. 23, inc.5, CPP).

Saludos.
 #347945  por poorlaw
 
Ups, corrijo el título del escrito, mejor sería: SOLICITA AMPLIAR DECLARACIÓN (ART. 317 CPP)

Saludos.
 #348031  por arceblanca
 
Hola!!!
Poorlaw, Muchas gracias por haberme aportado el escrito, has sido muy gentil!!!!
*En este caso la persona si se encuentra detenida, es por ello que deseo pedir un cambio de calificacion legal. Lo quiero pedir junto con la excarcelacion extraordinaria y en subsidio una morigeracion de la medida de coercion! (el 1º pedido de excarcelacion lo pidio el defensor oficial y se lo denegaron)
*se trata de un robo con armas cuya aptitud para el disparo no pudo acraditarse, la misma no fue habida, en poblado y en banda y con la intervencion de menores, mi defendido tiene 19 años y el menor 17 y el otro esta profugo!
*Me podrian Orientar???? Gracias!!!!!!!1
 #348037  por Pandilla
 
Hola arceblanca, pequeña ayudita. Si no mal recuerdo, la Provincia de Buenos Aires, tiene un Régimen especial para Menores, (creo, algo figura en el CPPPBA). Igual, si al momento del hecho, todos eran mayor de 16 años....
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #348171  por poorlaw
 
Hola arceblanca:

Uyyyy, me metí en camisa de once varas :oops:

No me animo a redactar un modelo. Considerando que la redacción del 2º párrafo del nuevo art. 163 CPP es igual al del art. 170 , y que ya rechazaron una excarcelación extraordinaria, tengo la impresión que, al menos que haya alguna circunstancia que hubiere aparecido en favor del imputado, será un pedido en balde.

Según calificación, serían 3 a 10, ¿no?

¿Cuánto tiempo lleva en prisión?

Esperemos la opinión de los que saben de verdad.

Saludos.
 #349014  por N A T A L I A
 
Hola, No soy de las que saben de verdad de verdad, pero ahí va...

Creo que dos son las cuestiones a tener en cuenta:

Si el primer pedido fue de excarcelación o de excarcelación extraordinaria. Porque ello cambiaría, a mi entender, la estrategia a seguir.

Si le denegaron la excarcelación "ordinaria" podes pedir una extraordinaria, pero yo no la pediría junto con el cambio de calificación, sino cada uno por su lado. Siempre teniendo en cuenta que la misma se pueda solicitar en base a los elementos de la causa, sino tenés elementos diferentes para valorar, no va a prosperar.

En caso que te hayan negado la extraordinaria, pediría directamente una morigeración (tene en cuenta que no están otorgando demasiadas, para no decir ninguna, así no generas falsas expectativas).

Según cuenta el Fallo de la CSJN "Diaz Besone", no basta con la sola referencia a la escala penal para privar de la libertad al imputado.

Además de las preguntas que te hace Poor, quería agregar la siguiente: Son reincidentes, reiterantes o primarios?

Saludos!
 #349056  por N A T A L I A
 
Me quedé pensando... :roll: La pena no es de 3 a 10, porque, la participación de menores en el hecho delictivo te agrava la escala penal fijada para cada delito.

ARTICULO 41 quater CP — Cuando alguno de los delitos previstos en este Código sea cometido con la intervención de menores de dieciocho años de edad, la escala penal correspondiente se incrementará en un tercio del mínimo y del máximo, respecto de los mayores que hubieren participado en el mismo.

Yo tuve un caso en San Martín (en realidad no era mío, fue mientras hacia la Práctica Profesional) en que logramos el cambio de calificación respecto de la intervención de menores y a posteriori la excarcelación planteando que la participación del menor no va a estar totalmente acreditada hasta que no haya sentencia firme que lo determine.
Además hay doctrina sobre la interpretación del agravante, que entiende que debe ser demostrado el aprovechamiento de los menores y para ello es necesaria una diferencia de edad importante. Y vos tenés uno de 19 y otro de 17.

Saludos!
 #349386  por Moniluj
 
Para la aplicación del agravante del art. 41 quater necesitás un menor de 18 años y un mayor... de 21 años. Digamos que no tenés agravado el delito por ese lado.
Pero vos decís que tb está agravado por ser en poblado y en banda... cuántos intervinieron en el hecho? El tercero en cuestión es un fantasma? Lo pregunto en serio, porq he visto causas en donde se menciona a un tercero, que nunca aparece, que nunca se acredita y te encajan igual la agravante, porque lo dice un testigo, porque "le pareció" a la víctima. Suerte!
 #349641  por N A T A L I A
 
Moniluj escribió:Para la aplicación del agravante del art. 41 quater necesitás un menor de 18 años y un mayor... de 21 años. Digamos que no tenés agravado el delito por ese lado.
Pero vos decís que tb está agravado por ser en poblado y en banda... cuántos intervinieron en el hecho? El tercero en cuestión es un fantasma? Lo pregunto en serio, porq he visto causas en donde se menciona a un tercero, que nunca aparece, que nunca se acredita y te encajan igual la agravante, porque lo dice un testigo, porque "le pareció" a la víctima. Suerte!
Tenés razón Moni, me pesé por alto que uno de los imputados tiene 17 y otro 19. No hay aplicación del 41 Quater CP. :oops:
 #349876  por arceblanca
 
Estimadisimos colegas:
Les cuento que busque los debates parlamentarios acerca de la agravante con la intervencion de menores y encontre info muy util, en cuanto al 3º de la supuesta banda no esta acreditado ya que solo son dichos de las victimas (una pareja), con respecto al estado de reincidencia criminal, esta persona es primario, en esta semana comienzo con las presentaciones, luego les cuento que tal nos fue!!!!
Desde ya muchisimas gracias de verdad han sido uds. muy amables!
Atte. Blanquita!!
 #349905  por feragus
 
Moniluj escribió:Para la aplicación del agravante del art. 41 quater necesitás un menor de 18 años y un mayor... de 21 años. Digamos que no tenés agravado el delito por ese lado.
Pero vos decís que tb está agravado por ser en poblado y en banda... cuántos intervinieron en el hecho? El tercero en cuestión es un fantasma? Lo pregunto en serio, porq he visto causas en donde se menciona a un tercero, que nunca aparece, que nunca se acredita y te encajan igual la agravante, porque lo dice un testigo, porque "le pareció" a la víctima. Suerte!

Ojo! ese criterio no es pacífico, es más, diría que está bastante peleado, es posible que te agraven el delito por el 41 quater, aun teniendo 19 años el mayor de edad. Otro argumento para usar es el desconocimiento del mayor de la minoridad del otro.
 #564304  por mechis
 
yo tambien necesito un modelo de solicitud de cambio de calificación legal, a mi defendido le imputan un robo calif con armas, pero no secuestraron arma alguna, y la victima no la describe tampoco, sólo dice "tenía una pistolita negra" y mas adelante dice que no la vio bien.
el tema es que me denegaron la sustitución de prisión prev, alegando el monto de la pena en expectativa, y si puedo lograr el cambio de caratula (ya tengo jurisprudencia que dice que no aplica la calif si no hay secuestro del arma), quiza se me facilite obtener la libertad.. mil graciassssssssssssssssssss